La Cámara de senadores avaló este jueves una reforma a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable que otorga facultades al Ejecutivo para decretar, como medida de excepción, la veda forestal a las especies no maderables.

Esta modificación a los artículos 13, 74, 115 y 128 de dicha ley establece que debe haber coordinación en las acciones contra incendios, almacenamiento, registro y veda de recursos maderables y no maderables.

También se establece que el uso de fuego en acciones relacionadas con las actividades agropecuarias estará regulado de conformidad con lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana respectiva.

Aunado a esto, los ejidos y comunidades deberán acreditar la propiedad social mediante documentación certificada para poder aprovechar los recursos forestales maderables,

Otra de las innovaciones es que todo aquel que realice almacenamiento de productos madereros deberá acreditar su legal procedencia con la documentación correspondiente situación antes reservada sólo a los transportistas.

El dictamen aprobado con 76 votos a favor fue remitido a la Cámara de Diputados.

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