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En reunión de trabajo, la Comisión de Salud avaló eximir del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos, a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud.

Para el cumplimiento de esta disposición, explicaron, será requisito indispensable que la familia del menor se encuentre dentro de los tres primeros deciles de ingreso que determinen las autoridades competentes, con independencia de que la Secretaría de Salud podrá eximir, mediante disposiciones de carácter general que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, del pago de cuotas de recuperación a los menores que formen parte de una familia ubicada en otros deciles de ingreso.

En otro dictamen, avalaron que la Secretaría de Salud lleve un control y registro riguroso de los medicamentos en circulación y de su autenticidad; la dependencia deberá establecer un registro electrónico que contendrá un inventario de los producidos en México y los de importación, a través de un código bidimensional que cada medicamento traerá en su contenedor.

Además, debe detallar características específicas como fecha de elaboración, de caducidad, lote, institución del sector salud, farmacia o tienda autorizada para el expendio y comercialización del medicamento y contener etiquetas de colores específicos según sea el tipo de medicamento y en la nota de venta aparecerá la autorización de adquisición del producto por parte de la dependencia.

En materia de sanciones, los legisladores establecieron que se castigará con una pena de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica que se trate, a quienes vendan, ofrezcan en venta, comercien, posea con fines comerciales, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados o caducos, contaminados, adulterados ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar.

Asimismo, establecieron la misma pena para quienes comercien o distribuyan, transporten materiales para envases o empaques de medicamentos fármacos, materias primas o aditivos, códigos bidimensionales, leyendas, información que contenga números o claves de identificación que se encuentran falsificados o adulterados.

Por otra parte, aprobaron regular la atención que se debe brindar a pacientes que sufren de algún tipo de adicción como consecuencia del alcohol o las drogas, por lo que incluyeron en el marco normativo de la Ley General de Salud a los establecimientos que brindan servicios de rehabilitación para dichos pacientes y que deberán cumplir con normas sanitarias y contar con autorización de la autoridad sanitaria para operar dichos centros.

Asimismo,  respaldaron un dictamen en materia de atención de la transmisión del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual, en mujeres embarazadas a fin de evitar la transmisión perinatal.

Además, los legisladores avalaron un dictamen que busca regular los productos milagro, con lo que se prohíbe la publicidad y/o promoción dirigida a la población en general  mediante la cual se ostenten como solución definitiva para la prevención, tratamiento, rehabilitación o curación de una o varias enfermedades.

En la misma reunión de trabajo se aprobaron cuatro puntos de acuerdo; uno de ellos en materia de lactarios, otro relativo a la semana nacional para prevenir el suicidio; otro para solicitar información sobre los programas en materia de reducción de consumo de alcohol y uno relativo a enfermedades crónicas.

 


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