El senador Teófilo Torres Corzo presentó una iniciativa para que la figura del migrante no sea criminalizada, mediante la reforma al artículo 93 de la Ley de Migración, el cual faculta al Instituto Nacional de Migración (INM), para recibir y atender denuncias formuladas contra extranjeros por la presunta comisión de delitos.
Lo anterior, explicó, en virtud de que tal facultad se presta a una interpretación errónea de ese dispositivo legal, ya que daría pauta a una función parapolicíaca y ministerial que podría invadir la facultad exclusiva del Ministerio Público para recibir e investigar las denuncias.
En este contexto, el legislador por el estado de San Luis Potosí recordó que de acuerdo al numeral 80 de la citada ley, el INM al ejercer sus facultades de control, verificación y revisión migratoria, debe informar a la autoridad responsable de la seguridad nacional sobre la presentación o identificación de sujetos vinculados con el terrorismo, delincuencia organizada o cualquier actividad que la ponga en riesgo.
Además, debe coadyuvar en las investigaciones que la autoridad correspondiente le requiera, agregó.
De la práctica de estas facultades y de encontrarse alguna irregularidad en el estado migratorio, continuó Torres Corzo, se podrá poner al sujeto a disposición del instituto, que acordará una orden de presentación para alojar ante las estaciones migratorias a un extranjero para determinar o acreditar su situación migratoria.
En consecuencia emitirá una orden de presentación cuando se actualice algún supuesto del artículo 144 de la Ley, entre ellos, estar sujeto a proceso penal, haber sido condenado por delito grave o se encuentre con antecedentes que pudieran poner en riesgo la seguridad nacional o pública, destacó.
Por lo anterior, indicó el senador del PRI, el mencionado artículo 93 resulta confuso e incluso contradictorio con las disposiciones antes descritas, en las cuales no se otorga al Instituto la facultad de investigación de los delitos, sino simplemente coadyuva en la investigación y prevención de éstos.
Dijo que para evitar posibles errores de interpretación que deriven en conflictos por invasión de competencias, se propone reformar ese artículo, a fin de precisar que la recepción y atención de denuncias por parte del Instituto Nacional de Migración, por la probable comisión de algún delito, tenga como finalidad única, la de ejercer sus facultades de control, verificación y revisión migratoria.
En caso de ser necesario, precisó Teófilo Torres Corzo, las denuncias se turnarán de forma inmediata al Ministerio Público para que inicie la investigación correspondiente.
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