El senador Félix González Canto propuso reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de eliminar de su artículo 27 algunas de las disposiciones declaradas inválidas por la Suprema Corte de Justicia, en torno a la ratificación del Comisionado Nacional de Seguridad Pública y del secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, por parte del Senado.

Expuso que de acuerdo a la SCJN, la Comisión es un órgano perteneciente a la Administración Pública Federal, y el nombramiento del titular corresponde constitucionalmente al Presidente de la República, sin que puedan intervenir otros poderes, toda vez que se trata de órganos que ejercen facultades relacionadas con la seguridad pública.

En torno al secretario ejecutivo, existe una discrepancia del contenido entre el artículo 17, segundo párrafo de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Ambas, explicó, regulan en específico el mecanismo de designación del secretario ejecutivo, pero debe prevalecer el mecanismo establecido en la primera de ellas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de ésta.

Señaló que por este motivo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal no puede establecer un sistema distinto del nombramiento de este funcionario, por lo que su nombramiento y remoción competen al Presidente de la República.
 

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