El senador Raúl Aarón Pozos Lanz propuso adicionar un inciso d) a la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para evitar la triangulación en el cobro del alumbrado público en los municipios.

En su exposición de motivos, explicó que este servicio conlleva un costo por el aprovechamiento de energía eléctrica muy elevado, por lo que cada ayuntamiento tiene contemplado en sus leyes de hacienda y de ingresos, una percepción a título de derecho por concepto de alumbrado público, el cual es cobrado a través de convenios con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

De ahí, la importancia de esta reforma constitucional que resolvería de manera definitiva la problemática, ya que daría respaldo en la propia Carta Magna al esquema actual de cobrar con base en el consumo de energía eléctrica mediante la CFE, manifestó el legislador por el estado de Campeche.

También se daría certeza en la percepción de esos recursos municipales, se facilitaría el pago de los derechos de alumbrado público al simplificarlo con el pago de la energía eléctrica a la Comisión Federal de Electricidad, al tiempo de que se mantendría el esquema actual de administración de la contribución y legitima las contribuciones que siguen siendo motivo de impugnaciones en toda la República Mexicana.

Esta solución, consideró Pozos Lanz, da respaldo constitucional al esquema actual de cobro, a efecto de que a través de la modificación que se haga al citado artículo 115 Constitucional, se permita que el pago se pueda efectuar tomando como base el consumo de energía eléctrica vía CFE, lo cual garantizaría la certeza en la percepción de tales recursos de índole municipal.

Ante el Pleno de la Cámara alta, el senador priista propuso además, establecer un límite a la tasa del 7 por ciento aplicable al consumo de la energía eléctrica por cada caso, lo que permitirá que cada legislatura pueda adecuar su tasa, sin traspasar este límite, atendiendo a las causas particulares de su territorio municipal, al ingreso de sus habitantes y al tipo de alumbrado público que proporcione.

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