- Necesario que el Ministerio Público Federal determine de manera inmediata el no ejercicio de la acción penal a Díez Gargari.
- La actuación de los agentes rompe sistemáticamente con el código de ética profesional para los agentes federales del ministerio público.
La Senadora ciudadana Martha Tagle inscribió un punto de acuerdo en el Senado de la República que exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República, para que a través del Ministerio Público Federal, determine el no ejercicio de la acción penal de la averiguación: 1215/UEIDAPLE/LE/I/2015 así como girar la orden de libertad absoluta del C. Paulo Jenaro Díez Gargari, quien ha acreditado plenamente que no tuvo participación en el delito que se le persigue.
Lo anterior derivado de la ilegal detención de la que fue objeto Paulo Jenaro Díez Gargari, el pasado 7 de septiembre de 2015, en donde la simulación de pruebas por parte de autoridades judiciales a nivel federal y la permanencia como probable responsable sobre un delito en el que jamás participó constituyen, por parte del ministerio público, hechos flagrantemente violatorios a los derechos humanos y a las garantías constitucionales.
Además, “la actuación de estos agentes rompe sistemáticamente con el código de ética profesional para los agentes federales del ministerio público, el cual señala que estos deben conducirse con trato cortés y digno al público y a los detenidos, así como velar por el respeto permanente a los derechos humanos”, asevera la legisladora.
Bajo esta perspectiva y al haber quedado demostrada la inocencia del C. Paulo Jenaro Díez Gargari en el delito de portación de arma de fuego y conforme a lo establecido en el Código Penal Federal, es necesario que el Ministerio Público Federal determine de manera inmediata el no ejercicio de la acción penal de la averiguación previa con número 1215/UEIDAPLE/LE/I/2015 y promueva el sobreseimiento, así como la libertad absoluta, concluye la senadora.
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