(Segunda parte y final)

SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Sí, gracias, Presidente.
Mi intervención tiene como propósito, en primer lugar, unirme al reconocimiento que se ha expresado a los presidentes de las comisiones Unidas, a los integrantes del grupo de trabajo, especialmente la senadora Laura Rojas del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, que ha conducido por nuestra parte este proceso.
Creo que es muy meritorio y, sobre todo, necesario hacer, pues, este reconocimiento público.
Y hacer simplemente dos precisiones de carácter técnico con respecto a dos preocupaciones que han surgido en la mesa. En primer lugar, con respecto a la preocupación del senador Zoé Robledo.
En términos estrictos, la Ley General de Acceso a la Información tiene como materia tres grandes trazos, tres grandes rubros. Por un lado, los supuestos de publicidad; es decir, qué tipo de régimen tiene la información, información pública reservada a confidencialidad, cuáles son las obligaciones, en segundo lugar, cuáles son las obligaciones de los sujetos, los entes públicos y, en tercer lugar, cuáles son las condiciones de acceso a la información pública.
Si bien la información que puede revelar un informante puede tener efectos agregados en la transparencia, porque eso permite que la sociedad tenga información disponible para efecto de la deliberación pública, no es propiamente una materia asociada al acceso a la información pública.
Es una excluyente, técnicamente sería una excluyente de responsabilidad, frente a la obligación de guardar secrecía o reserva sobre información pública que tenga en sus manos el servidor público.
Técnicamente, las excluyentes de responsabilidad tienen que estar previstas en el mismo cuerpo normativo que establece las condiciones de la responsabilidad, porque si no lo hacemos de esa manera pueden provocarse conflictos normativos que pudieran implicar que en el caso concreto no se pudiera aplicar esa excluyente responsabilidad.
Pongamos el ejemplo de que una ley de responsabilidad de servidores públicos no previera esa excluyente, en consecuencia el órgano de aplicación de esa responsabilidad administrativa, pudiera alegar que en virtud de que el excluyente de responsabilidad no está en la ley de responsabilidades específica, no le resulta aplicable al caso concreto.
Esa es la razón por la cual se tomó la decisión técnica de llevar este excluyente de responsabilidad a la norma que establece la condición de responsabilidad, administrativa o penal, por violar la reserva o la confidencialidad de cierta información, en el caso concreto de los informantes.
Es un decisión estrictamente técnica que lo que trata de cuidar es que sea perfectamente aplicable el excluyente de responsabilidad. No se está obviando el tema, simplemente se tomó una decisión de llevarla al cuerpo normativo que técnicamente es el correspondiente.
En segundo lugar, creo que la preocupación del senador Javier Corran, con respecto al octavo transitorio, pudiera simplemente resolverse haciendo una expresión en la exposición de motivos de cuál es la finalidad que tiene.
El octavo transitorio no implica una posibilidad de evadir obligaciones de transparencia de los sujetos obligados. Lo que establece es que sin lugar a dudas esta ley general prevé nuevas obligaciones, obligaciones que no están hoy contempladas en la vigente ley federal y en muchas de las leyes estatales vigentes.

La pregunta que motiva el transitorio octavo es si los sujetos obligados, a partir de la entrada en vigor de esta ley, tienen que recopilar la información hacia atrás, es decir, irse hacia el pasado para recopilar la información nueva que se incorpora en esta ley y, en consecuencia, ponerla a disposición de sus páginas de internet.
La decisión que se tomó, en términos del octavo transitorio, es que, en efecto, se conserva la información de las obligaciones hoy vigentes hacia atrás, pero hacia adelante se tienen que incorporar las que están previstas en esta nueva ley.
Creo que la preocupación del senador Javier Corral pudiera quedar solventada si se hace el racional en la exposición de motivos, de que esta es fundamentalmente la finalidad del octavo transitorio.
No es una cláusula de exclusión de las obligaciones, sino simplemente es una cláusula, una regla de aplicación con respecto a las nuevas obligaciones hacia adelante, específicamente en la información que tiene que ser pública de oficio. Es decir, la información que debe estar comprendida en las páginas de internet.
Simplemente concluyo, presidente, haciendo una referencia a la enorme importancia que tiene que este dictamen haya incluido, haya tomado en consideración, haya procesado y encontrado equilibrios en las preocupaciones que presentó el IFAI en un documento público, creo que ese es uno de los más meritorios resultados de este dictamen.
Están atendidas estas preocupaciones, algunas otras serán también motivo de la Ley Federal que tenemos que emitir a continuación desde este Senado de la República, pero el balance es muy positivo en términos de las preocupaciones que el IFAI hizo públicas en este proceso de discusión en el Senado de la República.
Por su atención, muchas gracias senador Presidente.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias senador Gil.
Tengo registrados a la senadora Laura Rojas al senador Encinas, a la senadora Pilar Ortega y a la senadora Angélica de la Peña.
Antes de ello, para alusiones personales, me ha pedido la palabra el senador Corral; la tiene.
Y registro al senador; ¿lo registro al final? Con mucho gusto.
Al senador Corral y al senador Robledo.
Senador Corral.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: No es una observación menor la que hemos realizado al Octavo Transitorio. Tiene una gran relevancia.
Efectivamente, si ese fuera el propósito de la norma, debiera por lo menos establecer un plazo para la actualización.
A nadie se le puede efectivamente, obligar a tener la información sobre obligaciones nuevas decretadas en esta ley.
Nada más que sí necesitamos que esta redacción no vaya a constituir una exención para siempre.
Hay que darle un plazo para que los servidores públicos, los sujetos obligados actualicen la información con relación a las nuevas obligaciones.
Yo no estoy tratando de eliminar todo el párrafo sino que, como aquí se dijo, en el esfuerzo de conciliar las ideas, se mantenga, pero se le agregue un plazo para su actualización y si por supuesto se puede incorporar en la Exposición de Motivos esta idea, refuerza mucho.
Yo realmente agradezco que se haya propuesto primera lectura. No está de más que así como a esta redacción pues le echemos un ojo a otras y siempre hay la oportunidad en estos días de incluso de encontrar errores, en fin.
Y si ya está el consenso y ya están las cosas tan delineadas, nada pierde efectivamente el Senado en ser riguroso con ciertas redacciones.
Ojala que pudiéramos leer el Octavo Transitorio para darnos cuenta que sí se trata de una disposición relevante.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias.
Me ha pedido el uso de la palabra el senador Gil.
SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Muy brevemente.
Creo que esta nueva preocupación del senador Corral se resuelve fácilmente si se lee el Octavo Transitorio de manera integral con otras reglas sobre vigencia de las normas y de las obligaciones incluidas en las normas.
Las nuevas obligaciones entran en vigor conforme al Primero Transitorio al día siguiente de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación.
En consecuencia, hay plazo establecido. Una vez publicado, al día siguiente, tienen que poner a disposición de los ciudadanos la información a la que se refiere la Ley General.
Y la segunda regla de vigencia está prevista en el párrafo Primero del Octavo. Tienen un año para incorporarse plenamente a la plataforma nacional de transparencia, que implica la posibilidad de acceso a la información a través de medios electrónicos, específicamente las páginas de Internet.
Lo que dice el Octavo Transitorio es simplemente que se distinga claramente la información, que ya está hoy actualmente en las páginas de Internet y las que tienen que incluirse a partir de la entrada en vigor.
De tal manera que no se asuma que las nuevas obligaciones aplican de manera retroactiva. Es decir, que los sujetos obligados tienen que ir a recoger la información que ahora en virtud y en disposición de esta ley es obligatoriamente tenerlas a disposición de los ciudadanos.
Creo que bajo la lógica del Octavo Transitorio, con su primer párrafo más la regla general de vigencia, queda resuelta la preocupación, senador Corral, pero, insisto, quizá un párrafo en la exposición de motivos, que razone, esta secuencia de vigencia puede resolver al preocupación de fondo del senador Corral.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Me parece que la intención es la misma y yo les pediría tanto al senador Corral como al senador Gil, que esto ya lo pudiéramos platicar terminando la comisión. Me parece que vamos todos por el mismo camino.
Senador Robledo.
SENADOR ZOÉ ROBLEDO ABURTO: Muchas gracias, y de manera muy breve, por las alusiones y los comentarios del senador Gil Zuarth sobre el tema de informantes:
Yo podría partir incluso de la coincidencia con él, yo lo único que plantearía es: si hay una argumentación de por qué este asunto no debe de ir en esta ley, sino en la de responsabilidades, ¿por qué no lo ponemos en la exposición de motivos?
Es más, que se use la versión estenográfica de su elocuente argumentación, como la razón por la cual de repente el 214 estaba y ya no está. Por una razón importante, senador Gil, porque no es lo mismo decir que este mecanismo debe de ir en otra ley, con lo cual yo incluso podría coincidir, que decir que es contrario al 109 constitucional, como lo han querido plantear en otras argumentaciones, no el Grupo Parlamentario de Acción Nacional; sino otras instancias que han opinado sobre esta ley.
Estaría totalmente de acuerdo y en la disposición, por supuesto incluso de retirar la reserva, siempre y cuando se incorpore a la exposición de motivos las razones por las cuales ya no está; y en el entendido de que estamos todos en la coincidencia de que debe de estar en algún otro lado.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, senador Zoé Robledo.
Sin duda hace falta la explicación dentro del cuerpo del dictamen, yo soy el responsable de este dictamen, le ofrezco una disculpa; me parece que tiene que estar la racionalidad constitucional y algunas otras cosas que se tomaron en cuenta para que no estuviera.
Permítame reunirme con los presidentes de las comisiones para que quede esta explicación, que evidentemente existe y obedece a un tema de racionalidad constitucional y que quede perfectamente claro a qué obedeció. Si usted me lo permite.
Tengo registrados a la senadora Laura Rojas, al senador Encinas, a la senadora Pilar Ortega, a la senadora Angélica de la Peña. Y permítanme decirles que no voy a preguntar si el tema ha estado suficientemente discutido, si sigo teniendo oradores.
Me parece que es necesario escucharlos a todos las veces que sea necesario.
Senadora Laura Rojas.
SENADORA LAURA ANGÉLICA ROJAS HERNÁNDEZ: Muchas gracias, presidente.
Pues sí, en efecto, para sumarme a la propuesta del senador Zoé, que ya usted aceptó, de que haya una explicación sobre por qué se eliminó este artículo. Me parece que sí es muy importante que quedara claro que no estamos eludiendo el debate o el compromiso con este tema; sino que en efecto, no es en esta ley en donde tiene que estar establecido.
Bueno, sumarme, ya el presidente lo aceptó.
Y también quisiera yo abordar el tema de las declaraciones patrimoniales, porque me parece que sobre todo de las personas que están siguiendo esta sesión de Comisiones Unidas, se está generando un falso debate y me parece muy importante aclararlo desde un principio.
El tema de la publicidad de las declaraciones patrimoniales, igualmente bajo el mismo razonamiento que hizo hace un momento el senador Roberto Gil, no es materia de la Ley de Transparencia; es materia de la Ley de Responsabilidades Públicos.
Lo que propusimos en la iniciativa el grupo redactor sobre publicidad de las declaraciones patrimoniales, lo establece claramente nuestra redacción, es en términos de la ley, en términos de la ley correspondiente, que es la Ley de Responsabilidades.
Y es una fracción que forma parte del artículo que tiene que ver con obligaciones de transparencia proactiva. Es decir, las obligaciones que tienen los sujetos obligados de hacer pública principalmente a través de los portales de internet, la información que ya es pública y que no tiene que pasar por un proceso de clasificación.
Entonces, el objetivo desde un principio –hay que decirlo claramente– del grupo redactor, era que los legisladores o cualquier servidor público que ha decidido hacer pública su declaración patrimonial en términos de lo que establece la ley, esa declaración patrimonial esté publicada como una obligación de transparencia proactiva.
¿Y qué es lo que estamos ganando con eso?
Simplemente que si un ciudadano quiere acceder a la información de mi declaración patrimonial, en este caso la mía es pública, no tenga que venir físicamente al Senado de la República a pedir que se le dé la información, sino que esté publicada ya en el portal del Senado de la República.
No es facultad de la Ley de Transparencia el obligar a todos los servidores públicos del país a que se publicite su declaración patrimonial.
Sí creo que vale la pena que esto quede muy claro, la redacción que quedó establecida en el dictamen lo único que hace es explicitar lo que dice la Ley de Responsabilidades, porque había una preocupación por parte de algunos senadores de que no se entendiera precisamente, que no se entendiera que es la Ley de Responsabilidades y no la de transparencia la que puede obligar a todos los servidores públicos a hacer pública su declaración patrimonial.
Quedó explicitado en términos de la ley vigente, y eso no significa que quienes creemos en que la declaración patrimonial de todos tiene que ser pública, hayamos claudicado.
Es una batalla que iremos a dar de la misma manera que estamos haciendo el compromiso de ver el tema de denunciantes, es una batalla que, quienes creemos en eso, iremos a dar en la ley que corresponde, que es la de responsabilidad de los servidores públicos, de tal manera que estaremos impulsando una reforma a la ley de responsabilidades de los servidores públicos para que sea obligatoria la publicidad de la declaración patrimonial y la de conflicto de intereses, que ya quedó establecida en la reforma constitucional de anticorrupción y que luego tendrá que materializarse en la de responsabilidades de los servidores públicos.
En resumen. Nos llevamos tres temas pendientes, bueno, yo me llevo tres temas pendientes para la discusión de responsabilidades de servidores públicos.
Uno: Denunciantes –lo que ya comentaba el senador Zoé Robledo; dos: publicidad de declaraciones patrimoniales; y tres: publicidad de declaraciones de conflicto de interés; y cuatro –que también es un tema que estuvimos discutiendo–: establecer como faltas administrativas graves en la Ley de Responsabilidades los desacatos a resoluciones del IFAI. Esos son temas que yo quiero compartir con todos ustedes, pero también, sobre todo, con la gente que está siguiendo esta sesión de comisiones. Son compromisos que yo hago públicos de impulsar en la reforma o en la próxima discusión de ley general y federal de responsabilidades de servidores públicos.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, senadora Laura Rojas.
Senador Alejandro Encinas.
SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Sí. Muy puntualmente.
Evidentemente son atendibles tanto la propuesta del senador Corral respecto al Octavo Transitorio, creo que es un asunto que podemos resolver sin mayor problema; como la preocupación del senador Zoé Robledo con respecto al por qué no se incorporó el artículo 224 según la fundamentación y motivación clara en la exposición de motivos.
Yo quiero referirme a la intervención del senador Corral, con quien comparto la preocupación, en el sentido de que los legisladores, quienes elaboramos las leyes, somos los primeros obligados, no solamente en cumplirlas sino en favorecer una cultura de transparencia y rendición de cuentas.
Y por supuesto que debe estar cada día más claramente establecidas en nuestras obligaciones de transparencias cuáles son los temas y los ámbitos en los que debemos de rendir cuentas, pero no quedó en ceros.
Si bien hizo una explicación exhaustiva el senador Corral de qué tema se ha propuesto, no es que no se hayan incluido. Se han incluido un conjunto de disposiciones en materia de obligación y de transparencia en dos ámbitos:
Una, son las que corresponden a todos los sujetos obligados. Las obligaciones de transparencia que son comunes; que no son menores, son 49 obligaciones que van desde reconocer el marco normativo al que se le aplica al sujeto obligado, conocer su estructura orgánica, el ámbito de atribuciones y responsabilidades que les corresponden a cada servidor público prestador de servicios, las facultades de cada área, las metas y objetivos de éstas, los indicadores relacionados con los temas de interés públicos, los indicadores que permitan rendir cuentas del cumplimiento de sus objetivos y resultados, el directorio de todos los servidores públicos a partir de jefe de departamento o el nivel menor equivalente en cada dependencia, todos los servidores que manejen o apliquen recursos públicos o realicen actos de autoridad y presten servicios públicos y algo que es muy importante: la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, rimas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, los gastos de representación y viáticos, acreditando la justificación de las comisiones, el número total de plazas y del personal de base y de confianza; las contrataciones de servicios profesionales por honorarios; la información en versión pública de las declaraciones patrimoniales, con la acotación que hizo la senadora Laura Rojas; la convocatoria a concursos para ocupar los cargos públicos.
Una que hay que destacar es la información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos de los programas gubernamentales que tienen que incluir, aparte del diseño, objetivo, metas específicas, el padrón de beneficiarios, el monto aprobado, los requisitos de procedimiento para accesos, los mecanismos de exigibilidad.
Uno que vale la pena también estacar, las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos, económicos, en especie o donativos que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

La información curricular de los funcionarios, el listado de servidores, la información financiera del ejercicio del presupuesto, el resultado de dictaminación, los contactos y convenios celebrados, las concesiones, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas e incluso la información sobre los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza pública.
Ahí nos vamos hasta la 49, pero luego hay obligaciones específicas para el Poder Legislativo, que están en el artículo 72, son 15 obligaciones adicionales, con las cuales en esta primera etapa hay la responsabilidad del Poder Legislativo y de sus órganos de gobierno y de los legisladores, de garantizar la información en temas más allá de la agenda legislativa, la Gaceta Parlamentaria, el orden del día, las versiones estenográficas, la asistencia a las sesiones, el voto en comisiones, el voto en el pleno, las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas.
Temas importantes, como la contratación de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación del poder legislativo; el informe semestral del ejercicio presupuestal, los resultados de los estudios y otra cosa que vale destacar: el padrón de cabilderos que se pasean aquí por los pasillos del congreso velando por sus intereses.
¿Qué nos falta?
Establecer asuntos más específicos en la responsabilidad y obligaciones de transparencia que en lo individual debemos tener los legisladores.
Creo que en eso vamos a coincidir y aquí se abren dos ámbitos para su inclusión. Por supuesto la Ley Federal, en el caso de los legisladores federales y la ley orgánica del Congreso de la Unión, donde en los temas de parlamento abierto deben incorporarse las obligaciones de transparencia que en lo individual tengan las y los legisladores integrantes del congreso.
No estamos en cero, hay un avance muy importante que habrá que consolidar.
Nada más.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias senador Alejandro Encinas.
Senadora Pilar Ortega. Senadora Angélica de la Peña. Y senadora Mayela Quiroga.
Senadora Pilar Ortega.
SENADORA MARÍA DEL PILAR ORTEGA MARTÍNEZ: Gracias Presidente.
Solamente para comentar lo siguiente:
Decía la senadora Angélica de la Peña hace un rato, y tenía toda la razón, del gran esfuerzo que se hizo por incorporar el de distintos principios a favor de las personas con discapacidad para que se preserve su derecho de acceso a la información.
Y en ese sentido enviamos una propuesta de mejora de redacción de uno de los artículos a propósito de los ajustes razonables que se realicen por acceso a la información de solicitantes con discapacidad, para que quedara claro que esto no generara ningún costo y solamente no cambiamos el fondo porque este es el objetivo del Artículo 17, pero simplemente proponemos una mejora de redacción para que quede de manera muy clara y precisa.
Ya está en manos de la Mesa Directiva de esta Comisión de la Presidencia y esperamos que se incorpore a las observaciones que se van a realizar en el adendum que posiblemente, bueno, el acuerdo de Mesas Directivas lo señale.
Entonces simplemente hacer esta acotación.
Muchas gracias.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Claro que sí, senadora Pilar Ortega.
Tomamos nota; lo revisamos los presidentes de las Comisiones y buscamos si es por medio de una reserva o del adendum que hace rato estábamos mencionando.
Le agradecemos sus precisiones.
Senadora Angélica de la Peña.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Me parece muy pertinente y quiero avalar y reconocer la actitud de las presidencias de estas Comisiones Unidas respecto de que hoy aprobemos en primera lectura y que haya un trabajo en corto con ustedes para resolver estos pendientes que sin lugar a dudas van a complementar a la entrega de un magnífico, magnífico trabajo de las Comisiones para la expedición de esta Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Me parece que también podemos resolver las preocupaciones planteadas por el senador Corral –yo lo comentaba aquí en corto con él- respecto de que aun tomando en cuenta lo que ya señaló la senadora Rojas, creo que es necesario sí determinar con puntualidad que no quede solamente como un mandato general porque ciertamente yo releía el Artículo 72 y no había manera de que en algunos de los incisos pudiéramos tomar quizás con algún pequeño añadido, de manera sucinta, una redacción para retomar de manera general su preocupación.
Quizá añadiendo un inciso, exponiendo en Exposición de Motivos todo el documento que él nos leyó para que en este inciso nuevo que se agrega al 72, se establezcan las obligaciones de quienes forman parte de los Congresos, de las 32 entidades federativas y el Congreso de la Unión, para que puedan cumplir irrestrictamente con los preceptos que tienen que ver con la transparencia.
Y en la Exposición de Motivos se abunda, a partir de releer de nuevo todo lo que él nos leyó, de tal manera que veamos puntualmente cuáles son esos requisitos que sí son necesarios, cuáles a lo mejor son de otras leyes, que es materia de esta ley, para que pueda yo creo que complementar.
Y en ese aspecto darle atención a la preocupación que él plantea, enfatizando que eso nos llevaría a una unanimidad también en lo particular.
Quiero decir que eso es muy relevante para las Comisiones y es muy relevante para el Senado de la República que salga este Dictamen, esta Minuta a la Cámara de Diputados con esa gran decisión del Senado para que demos un gran paso, aun entendiendo que se pueden quedar cosas; pero lo que ahora estamos viendo y lo que ahora estamos discutiendo necesariamente nos lleva a un complemento para lograr que este trabajo termine de manera puntual, conducente y también con aplausos, que yo creo que se merecen también los equipos técnicos nuestros, que trabajaron muchos días a deshoras, para tratar de negociar redacciones y conciliar finalmente cómo quedaron los artículos.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, senadora Angélica de la Peña.
Llevamos más de 40 intervenciones, tengo por último a la senadora Mayela Quiroga, para cerrar la participación. Han hablado todos en varias ocasiones.
SENADORA MAYELA MARÍA DE LOURDES QUIROGA TAMEZ: Muchas gracias, presidente.
Nada más felicitar a los tres integrantes presidentes de la Comisión, como a sus miembros, el trabajo que han estado realizando durante más de dos años y medio en este trabajo que se presenta; que esperemos que realmente llegue a la sociedad, quien es la que se va a ver beneficiada con esta ley.
Y sobre todo también que los funcionarios públicos podamos estar capacitados para poder responder a las exigencias también de esta ley. Ese va a ser un punto importante, como viene aquí, obligaciones, el poder tener al personal capacitado para poder dar respuesta y no estar siendo sancionados por irregularidades al momento del desconocimiento de la normativa.
Yo nada más solicitaría que por parte del IFAI, que pudiera ser a lo mejor un agente capacitador, constante en cada una de las dependencias para que todos cumpliéramos con estas obligaciones.
Que felicito a todos los que han participado y a la sociedad civil que estuvo participando, para poder llegar a este gran trabajo, que esperemos tenga el gran resultado y pueda ser aprobado en el Pleno.
Felicidades.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muchas gracias, senadora Mayela Quiroga.
Preguntaría a los senadores y a las senadoras si el tema se encuentra suficientemente discutido.
Los que estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.
Muchas gracias.
Por lo expuesto aquí, no hemos recibido en este momento reservas, ha quedado claro que las reservas se presentarán en el Pleno o inclusive un adendum si tuviéramos el acuerdo de las mesas directivas para los temas que se han expuesto aquí.
Por lo tanto, procedemos a la votación en lo general, toda vez que es evidente que hay unanimidad, le pediría a la senadora Arriola que empezara por ese lado, por el lado izquierdo, con la votación.
SENADORA MÓNICA ARRIOLA GORDILLO: A favor, presidente.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: Javier Corral, a favor.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Angélica de la Peña, a favor.
SENADOR OMAR FAYAD MENESES: Omar Fayad, a favor.
SENADORA MAYELA MARÍA DE LOURDES QUIROGA TAMEZ: Mayela Quiroga, a favor.
SENADOR ISMAEL HERNÁNDEZ DERAS: Ismael Hernández, a favor.
SENADOR HÉCTOR LARIOS CÓRDOVA: Héctor Larios, a favor.
SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Encinas Rodríguez, a favor.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Pablo Escudero, a favor.
SENADORA MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR: Cristina Díaz, a favor.
SENADORA MARCELA TORRES PEIMBERT: Marcela Torres, a favor.
SENADORA MARÍA DEL PILAR ORTEGA MARTÍNEZ: Pilar Ortega, a favor.
SENADORA LAURA ANGÉLICA ROJAS HERNÁNDEZ: Laura Rojas, a favor.
SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Roberto Gil, a favor.
SENADOR DANIEL AMADOR GAXIOLA: Daniel Amador, a favor.
SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Fernando Yunes, a favor.
SENADOR LUIS FERNANDO SALAZAR FERNÁNDEZ: Luis Fernando Salazar, a favor.
SENADORA MARÍA HILARIA DOMÍNGUEZ ARVIZU: Hilaria Domínguez, a favor.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muy bien, pues existe unanimidad en las tres comisiones. Les agradezco su presencia esta mañana aquí.
Y con la solicitud que hemos hecho ha quedado así, me han informado por parte de los coordinadores parlamentarios que el día de hoy queda inscrita de primera lectura, para que la votación sea la próxima semana.
Les agradezco a todos.

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