Número-761
- Con este propósito, la iniciativa busca que se reforme la fracción III del artículo 122 de la Constitución Política.
- La legisladora presentó otra iniciativa que pretende que se reconozca y se castigue el “mobbing” o acoso laboral.
La senadora independiente Martha Tagle Martínez presentó una iniciativa que busca que quienes hayan ocupado u ocupen el cargo de interino o provisional de Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, puedan ser candidatos o postularse como candidatos a ese cargo, a condición de que no sea para un periodo inmediato a cuando hayan ejercido el cargo de manera interina o sustituta.
La legisladora señaló que, con este propósito, la iniciativa busca reformar la fracción III del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Hizo énfasis en que se trata de generar los mismos derechos para todos los ciudadanos que habitamos en la Ciudad de México.
Expuso que el pasado 29 de enero de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reformó diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma política de la Ciudad de México.
Detalló que dicha reforma, en su artículo 122, fracción III, señala que al titular del Poder Ejecutivo se denominará Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, y tendrá a su cargo la administración pública de la entidad, será electo por votación, universal, libre, secreta y directa y no podrá durar en su encargo más de seis años.
Asimismo, quien haya ocupado la titularidad del Ejecutivo local designado o electo, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a ocupar ese cargo, ni con el carácter de interino provisional, sustituto o encargado del despacho.
Subrayó que los estados permiten a los ciudadanos que ocuparon el cargo de gobernador sustituto, designado, interino, provisional ser electos para un periodo posterior, siempre y cuando no sea el inmediato, y sólo se establece impedimento para quienes hubieran ocupado ese cargo a través de una votación directa, secreta y universal.
Resaltó que a diferencia de lo anterior, sin justificación de carácter constitucional, jurídica o doctrinal, el artículo 122 Constitucional establece para la Ciudad de México supuestos diferentes a los que las constituciones estatales establecen para las entidades federativas y para el resto de los ciudadanos de la nación, por lo que existe una inequidad en el tratamiento a una de las entidades federativas, y por lo tanto una afectación a los derechos políticos activos y pasivos de los habitantes de la Ciudad de México.
Expuso que la iniciativa tiene como objetivo el de armonizar y hacer congruentes las disposiciones que, en esta materia, establece la fracción I del artículo 116 y las que corresponden al artículo 122 fracción III.
La iniciativa de la senadora fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera.
En el mismo acto, Tagle Martínez presentó otra iniciativa en la que propone adicionar un inciso C al artículo 3er. Bis y reformar la fracción VIII del artículo 47; la fracción II del artículo 51; las fracciones VI del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de que se defina y se castigue el acoso laboral o mobbing.
Explicó que dicho acoso se debe definir como aquellos comportamientos y actitudes violentas que se ejercen de manera sistemática por un grupo o colectivo hacia a una persona, independientemente del nivel jerárquico que ocupen, causando estado de indefensión y vulnerabilidad, que repercute en la salud física y mental de la víctima, obligándola en ocasiones a la renuncia o a veces al suicido.
Subrayó que la iniciativa busca atender este problema, toda vez que en México el mobbing o acoso laboral es un tema que ha cobrado relevancia a partir de la última década del Siglo XXI, ya que se trata de comportamientos repetitivos y ofensivos con intención vengativa, cruel o maliciosa de humillar o debilitar a un individuo o un grupo de trabajadores.
Esta iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera.
