Para prevenir las muertes diarias atribuidas al tabaquismo y enfermedades asociadas, que en México equivalen a 165 defunciones diarias y 53 mil anuales, en el Senado de la República se discutirá esta semana un dictamen, a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, así lo señaló el Senador Francisco Salvador López Brito.
El integrante de la Comisión de Salud del Senado de la República, indicó que el consumo de tabaco y la exposición a su humo son la primera causa de muerte prevenible a nivel mundial.
Apuntó, que más de mil millones de personas fuman tabaco en todo el mundo y su consumo mata prematuramente a cerca de 6 millones de personas, lo que convierte a esta adicción en un grave problema de salud pública.
De acuerdo con datos oficiales, se estima que en el año 2030, el fumar tabaco causará la muerte de más de 8 millones de personas al año; el 80% de esas muertes prematuras se registrarán en los países de ingresos bajos y medios.
Externó que de acuerdo a informes del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en México los fumadores, incluidos los menores de 18 años, consumen 550 millones de cigarrillos diariamente. La edad crítica de inicio para el consumo diario del tabaco es entre 15 y 17 años, y más del 24 por ciento de la población fumadora inició antes de cumplir los 15 años.
Cabe destacar que fumar tabaco produce diversas enfermedades como cáncer de pulmón, laringe, riñón, vejiga, estómago, colon, cavidad oral y esófago. De igual manera, tiene como consecuencia: leucemia, bronquitis crónica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cardiopatía isquémica, infarto, enfermedad cerebrovascular, aborto y parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad, entre otros padecimientos. Además de éstas, el consumo de tabaco disminuye significativamente los años productivos de vida de las personas. En México provoca más de 60,000 muertes al año, alrededor de 165 defunciones por día.
El también médico, expuso que de aprobarse el dictamen, primero por la Comisión de Salud y después por el Pleno, se pretende que no podrán existir zonas para fumar en lugares cerrados con acceso al público, o en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, incluidas las universidades e instituciones de educación superior.
Además, se contemplan multas de 50 mil hasta 100 mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, para quienes realicen toda forma de patrocinio, como medio para posicionar los elementos de la marca de cualquier producto del tabaco o que fomente la compra y el consumo de productos del tabaco por parte de la población, así como a quienes realicen publicidad y promoción de estos productos en la población menor de 18 años de edad.
López Brito externó que si bien es cierto, que aún cuando la Secretaría de Salud tiene previsto reforzar acciones para reducir la demanda, disponibilidad y acceso al tabaco y otras sustancias proactiva, en su Programa Sectorial de Salud 2013-2018, en materia de tabaquismo, no es suficiente y se requiere el establecimiento de sanciones para quienes estimulen de manera irresponsable el consumo de esos productos.
Al respecto, el legislador sinaloense señaló que diversas investigaciones señalan que cuanto más se retrasa la edad del inicio del consumo del tabaco, menos probabilidades hay de que la persona se convierta en fumador, razón por la cual muchas de las campañas de las tabacaleras se orientan a fomentar el consumo en jóvenes, con lo que garantiza un cliente inclusive de por vida y hasta su muerte.
Recordó que el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) no puede permanecer ajeno al tabaquismo y sus enfermedades asociadas que constituyen la principal causa de muerte en el mundo y son prevenibles, por lo que en diferentes momentos han planteado diversas iniciativas, como la de modificación a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), del cual él fue promovente, que pretendía que anualmente se incrementara la cuota de 90 centavos por cigarro enajenado o importado, tomando como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor que publica el Banco de México cada año, esto a efecto de contribuir con el gasto público que representa atender estas enfermedades.
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