Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La senadora panista Adriana Dávila Fernández propuso crear una ley para regular los procedimientos de restitución de personas menores de edad, por haber sido trasladados o retenidos de forma ilícita a un lugar distinto al de su residencia habitual.
Explicó que la iniciativa pretende reglamentar este método de restitución internacional de niñas, niños o adolescentes menores a 16 años, que han sustraídos o retenidos ilícitamente y, en su caso, garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos humanos.
Dávila Fernández indicó que la propuesta tiene como objetivo evitar los problemas que se presentan dentro de la instrumentación de la Convención Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y la Convención Interamericana Sobre Restitución de Menores, que establecen aspectos sustantivos para la procedencia del restablecimiento de menores de edad ante un traslado indebido de un Estado a otro.
De aprobarse la iniciativa, dijo, será posible cumplir con el debido proceso y pleno respeto a los derechos humanos de los menores, para ventilar las controversias que surjan por la sustracción y/o retención ilícita internacional de los infantes.
También, en los casos en que se ordenarán de forma inmediata las restituciones de los menores al lugar donde habitualmente residan, por los Tribunales del Poder Judicial, que tendrán la facultad de aplicar e interpretar esta ley, así como las leyes del orden familiar que tengan relación con la materia, al igual que los tratados internacionales y la distribución de competencias y coordinación entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios.
En la actualidad, ejemplificó la legisladora, hay casos de relaciones iniciadas a través de Internet que, en ocasiones, terminan por forzar a una de las partes a desplazarse a otro país, o a integrar al suyo propio a la otra parte y, al hacerse presentes las disoluciones de la familia o la separación de los progenitores, deviene el conflicto entre la pareja con relación al derecho de la guarda y custodia internacional de los hijos.
Lo anterior ocurre con relación al derecho de visita, contacto y convivencia internacional de los mismos, cuando existe una ausencia de convenio o falta de acuerdo entre los progenitores al separarse para vivir en países diferentes, y muchas veces poner su interés por encima del “interés superior” de la infancia, dijo.
El proyecto para crear la Ley General que establece los Procedimientos de Restitución Internacional de Niñas, Niños y Adolescentes consta de 43 artículos y se encuentra estructurada con diversos títulos en los que se desarrolla un glosario de términos y establece responsabilidades a la Secretaría de Relaciones Exteriores; las acciones a seguir al iniciar el procedimiento de restitución, y la descripción de normas que se aplicarán de manera supletoria a la ley.
También, se despliegan las normas relacionadas con el procedimiento en particular, así como las disposiciones que normarán los derechos de convivencia familiar y disposiciones relacionadas con derechos de custodia, de visita, así como los de convivencia familiar.
La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos para su análisis y dictamen correspondiente.

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