Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Versión Estenográfica de las comparecencias ante la Comisión de Justicia de las personas que integran la quinta terna propuestas para ocupar el cargo de Magistrado de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

(Segunda parte)

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias. Iniciamos con la comparecencia de la ciudadana María del Pilar Parra Parra, para lo cual tiene una primera intervención de hasta por 10 minutos.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchísimas gracias, señor presidente.

 

Con la venia, muchas gracias, señores senadores, señoras senadoras.

 

Primeramente, permítanme expresarles mi agradecimiento por el honor de estar ante ustedes en esta Comisión de Justicia.

 

Verdaderamente es un honor estar ante ustedes.

 

Voy a iniciar, con el cumplimiento del acuerdo que ustedes emitieron en este Senado, y en primer lugar me referiré a la pertinencia y a la idoneidad de mi candidatura.

 

En segundo lugar, haré un breve y muy conciso relato de lo que fue mi carrera judicial o de lo que es mi carrera judicial.

 

Y concluiré para finalizar con la precisión del papel que desempeñaría en caso de ser designada magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

En el Estado Mexicano, es a través de los órganos jurisdiccionales que se imparte justicia en los diversos campos del derecho. Y, a través del Estado y los ciudadanos, entre aquellos, o bien entre estos, se hace efectiva la máxima de derecho de dar a cada quién lo que le corresponde.

 

La labor que se desarrolla en los órganos impartidores de justicia es ardua, compleja y de suma exigencia, que abarca múltiples actividades, desde la labor del notificador que desempeña el actuario judicial, hasta la de estudio y decisión que lleva a cabo el juzgador; ya sea como titular de un Juzgado de Distrito o como integrante de un Tribunal de Circuito.

 

A lo largo de poco menos de 40 años de servicios en el Poder Judicial de la Federación, he recorrido toda la escala de los cargos judiciales. Desde ser actuario en un Juzgado de Distrito; secretario en un Juzgado de Distrito; secretario de Tribunal Unitario; secretario del Tribunal Colegiado; secretario de Estudio y Cuenta de la Primera y la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

Por más de seis años fui Juez de Distrito en el estado de Jalisco, y hace más de 21 años soy Magistrada de Circuito en diferentes tribunales unitarios y tribunales colegiados en diferentes puntos del país.

 

Durante el desempeño de cada cargo, he acatado fiel y cumplidamente los principios que rigen la carrera judicial, como son: la independencia, la imparcialidad, la objetividad y el profesionalismo. Y agregaría yo además: con honradez y con verticalidad.

 

Cada proyecto propuesto a mis superiores, siendo secretaria de algunos de los órganos jurisdiccionales, y cada decisión emitida ya como juzgadora, fue revisado en conciencia, sustentada en la ley en los diversos criterios jurídicos emitidos por nuestro máximo Tribunal. Invocando, asimismo, los tratados y convenios internacionales adecuados al tema, sujeto al análisis y revisión.

 

A continuación, y como segundo punto, de manera muy breve haré una reseña de los ensayos que presenté ante el Pleno de los señores ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el proceso de selección en el que nos encontramos ahora ya un poco en la etapa final.

 

Estos temas se interrelacionaron, pues el tema focal que se abordó en ambos fue la paridad de género.

 

Como ustedes, señores legisladores, conocen, a lo largo de la historia contemporánea de los países democráticos en el mundo, un problema que aqueja a las sociedades es la invisibilidad de las mujeres; tanto en el plano político, laboral, social y en algunos ámbitos, incluso en el ámbito familiar.

 

Lo que ha llevado a que exista un manifiesto desequilibrio para el pleno ejercicio de sus derechos, pues si bien en la ley hay una aparente igualdad ante la ley, el ejercicio de los mismos no es real y efectivo.

 

Es, a mi juicio, en el ámbito legislativo donde se han gestado e implementado las normas que el día de hoy nos permiten ser inclusivas de la presencia femenina en el ámbito de la vida pública.

 

Y un ejemplo de ello es la presencia de nosotras en este foro. De ustedes, señoras legisladoras, en este ámbito tan importante para la vida democrática del país. En el caso de la que suscribe, dentro del ámbito de la Judicatura.

 

Cabe destacar que en estos cambios de pensamiento, ha sido definitivo el actuar del Órgano Jurisdiccional Electoral, pues a través de sus tesis de jurisprudencia ha clarificado que para poder revertir los escenarios de desigualdad político-social, es necesaria la implementación de acciones afirmativas que por ser medidas temporales, proporcionales, razonables y objetivas, no causan perjuicio alguno al género masculino.

 

Tales acciones han coadyuvado con los esfuerzos legislativos, lo que resulta evidente si se toma en consideración que de haber partido de las cuotas de género cuando solamente era una forma indicativa de la participación femenina a finales del siglo pasado, en los albores de la primera década de esta centuria, por mandato legal se fijó la equidad de género en un umbral inicialmente del 30 por ciento.

 

Al poco tiempo, se hizo una modificación y hace solamente un lustro la cifra se incrementó en un 40 por ciento.

 

Quiero destacar que la labor que este órgano legislativo llevó a cabo en su momento, dio como resultado la Reforma a la Constitución del 10 de febrero del 2014, específicamente en su artículo 41, Base Primera, Segundo Párrafo.

 

Reforma Constitucional con la que se concluyó la etapa de la equidad de género y se abrió la paridad de género, que es el concepto que en la actualidad nos rige, en la que se impone la obligación a los partidos políticos de garantizar la paridad de género en la postulación de las candidaturas de sus miembros a cargos de elección popular, proponiendo que sus listas de candidatos queden integradas 50 por ciento de varones, 50 por ciento de mujeres.

 

Por su parte, la Sala Superior en diversas tesis de jurisprudencia que aluden al tema en cita, ha establecido con claridad la paridad de género que debe de consolidarse a través de una doble vertiente, que viene siendo la paridad horizontal y la paridad vertical.

 

Asimismo, dejó claro que para el debido cumplimiento de la disposición constitucional, los listados que se formulen por parte de los partidos políticos deben de estar constituidos por fórmulas en las que tanto el candidato propietario como el candidato suplente, pertenezcan al mismo sexo.

 

Ello en virtud de que a inicio del año del 2002 se presentó el caso muy conocido como el caso Juanitas, en donde una dama era propuesta como candidato propietario y un caballero como candidato suplente y a muy poco tiempo de haber tomado posesión del cargo de elección popular, pues renunciaba, demitía encargo del compañero de fórmula que en caso queda en funciones el caballero.

 

En diverso ensayo que presenté ante la Suprema Corte, íntimamente relacionado con el tema en cita, fue la acción de inconstitucionalidad 45-2014 y sus acumuladas, que alude a la integración de las listas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional en el entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México, en la que el Máximo Tribunal al hacer una interpretación conforme estableció que para garantizar la paridad de género en los escaños de representación proporcional, la integración de la lista “B” en primer lugar debía corresponder a la fórmula de género distinto del que encabezara la lista “A” y que hubiera obtenido el porcentaje mayor de votación efectiva y el segundo lugar sería ocupado por la fórmula del otro género, con mayor porcentaje de la votación efectiva y así de manera sucesiva hasta agotar las fórmulas.

 

En el último aspecto de mi comparecencia ante ustedes señores senadores, les preciso que:

 

Destacando el concepto de la actividad que he desempeñado a lo largo de mi carrera judicial, conozco al detalle el quehacer cotidiano del juzgador y me consta que la impartición de justicia en cualquier área del derecho, no solamente se concreta a revisar los agravios, los alegatos, o los argumentos del litigante, aplicar criterios, invocar normas o preceptos legales. No.

 

La labor del juzgador va más allá de estos conceptos. La labor del juzgador consiste en desentrañar el punto focal de la contienda, debe situarse en el contexto espacio temporal, debe prever el efecto que tendrá su decisión, no sólo en los justiciables contendientes, sino también en otros asuntos similares con personas diferentes, pues al fijar un criterio jurídico debe de ser claro, conciso, congruente, con ponderación en sus argumentos,  con verticalidad e imparcialidad claras y sustentadas, lo jurídicamente procedente en cada caso específico.

 

Por ello, de ser elegida magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral, el papel que desempeñaré será continuar con la línea de conducta que me ha regido a lo largo de la vida: actuar con imparcialidad, con esmero, dedicación de tiempo completo, actuando siempre con transparencia, honradez, mesura y participación activa con quienes sean elegidos en este mismo proceso de selección; a fin de conformar un Tribunal cuyo actuar sea congruente, recto y sobre todo transparente y atienda con prontitud y diligencia a quienes acudan a él en busca de justicia; todo ello en beneficio de la nación y de las generaciones venideras.

 

Muchas gracias.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias.

 

Senadora Tagle, por favor.

 

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: Gracias, presidente. Bienvenida, magistrada.

 

Quiero hacerle dos tipos de preguntas; una en materia de género y otra en temas de fiscalización y financiamiento, y en el tema de género no lo tenía previsto, pero al escucharla me surgió la necesidad de preguntarle, porque usted comenta durante su exposición que escogió estos ensayos precisamente por la necesidad de visibilizar la cuestión de género y la participación política de las mujeres y todo lo que ha implicado este reconocimiento por los derechos políticos de las mujeres.

 

Sin embargo, al escucharla presentar su propio perfil, en todos los casos habla en masculino: secretario, juez; ¿usted no considera que el lenguaje incluyente también es una manera de visibilizar precisamente a las mujeres en estos espacios de toma de decisiones? Por una parte.

 

Y luego, con respecto ya a sus ensayos, que ambos hablan del tema de paridad de género, pero que además estudia el asunto de las cuotas de género; me gustaría preguntarle si usted conoce de una reciente resolución de la Sala Superior de este año, donde la Sala Superior resuelve sobre la suplencia de un senador en esta Legislatura, particularmente de nuestro compañero Manuel Cárdenas Fonseca; que fue impugnado o solicitó otra mujer en la lista de representación proporcional de ese partido, acceder al espacio que había quedado vacante.

 

En ese momento, la Sala Superior determinó que no se incumplía con el juicio tan conocido de la sentencia 12624 del 2011, que como todos saben, la sentencia 12624 del 2011 es una de las sentencias más importantes para el cumplimiento de las cuotas de género; donde precisamente se establecieron los lineamientos para el cumplimiento irrestricto del 4060 en ese momento; y de la integración de las fórmulas mujer-mujer y además del asunto de las listas alternadas de representación proporcional.

 

En ese sentido, ¿usted estaría o no de acuerdo con esta última resolución de la Sala Superior, en la que determinó que no se había incumplido al llamar a suplir a una mujer con un hombre, en el caso del Senado?

 

Y en materia de financiamiento y fiscalización, ¿qué opinión le merecen el hecho de que en el país convivan diversas formas para calcular tanto el financiamiento de gastos de campaña, como el tope de estos gastos para cada una de estas campañas?

 

¿Podría comentarnos, además de la federal, alguna otra fórmula para determinar los topes, así como la forma en la que se determina el financiamiento para gastos de campaña?

 

En su opinión, ¿esta situación complica o facilita la acreditación de nulidad recientemente incorporada en nuestra Constitución?

 

Y también en este mismo tema, recientemente la Sala Superior en materia de las candidaturas independientes determinó que podían tener un financiamiento público, privado mayor al público; en su opinión la consecuencia de esa determinación de la Sala Superior tuvo un impacto positivo o negativo en relación con la equidad de las contiendas electorales.

 

Por sus respuestas, muchas gracias.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchas gracias, señora senadora Tagle.

 

Son preguntas muy interesantes las que me formula usted, y le voy a hacer la referencia en relación a la primera pregunta.

 

Me hace usted el cuestionamiento en torno a la expresión que uso de haber sido secretario, actuario y todo esto. De hecho, podría decirle que con la antigüedad que tengo, es decir, fui actuario hace 39 años, de manera que en ese tiempo no había muchas mujeres. A mí me tocó, de alguna manera, ser un poco esta parte que va iniciando en las actividades jurisdiccionales.

 

Y el cargo y el nombramiento, como lo establece la Ley Orgánica, es de actuario o secretario, de manera tal que tal vez un poco mi postura en este momento fue referirme a lo que viene siendo la denominación del nombramiento como tal.

 

El día de hoy, podría yo decirle que sí soy Magistrada de Circuito, ya lo admite.

 

Por ejemplo, en el caso del Juez de Distrito hay compañeras, y en la actualidad es lo que se está usando, que se denomina “la jueza”. Yo considero que la Ley Orgánica establece que el nombramiento es Juez de Distrito, y en todo caso sería la Juez de Distrito. Sería la forma en que yo haría la distinción entre cuando es una dama o cuando es un caballero que ocupa dicho cargo.

 

En esa razón, no sé si queda de alguna manera respondida esta pregunta del por qué y la razón por la cual me refiero a mi persona en sentido, dijéramos, un poco masculino en la denominación.

 

En cuanto a la pregunta que me formula usted en cuanto a la sustitución del señor senador, la realidad de las cosas es que no tengo un conocimiento directo de la resolución en sí. No la tengo a la vista, no la he tenido a la vista como para saber cuáles fueron las razones y los motivos que en un momento dado llevaron a la Sala Superior a emitir esta resolución en el sentido de acceder a la sustitución. De manera tal que me resulta un poco complicado poderle dar la respuesta que fuera la adecuada conforme al asunto del que usted me está preguntando.

 

Y me disculpo por no conocer la resolución. La realidad es que es abundante el material que existe para allegarse de los conocimientos necesarios.

 

En el tema de la fiscalización, me menciona usted que si la fórmula para determinar los gastos de campaña, me perdí un poco en la anotación de esto. ¿Me podría indicar el complemento, por favor?

 

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: Sí, le decía que hay diversas fórmulas para calcular tanto el financiamiento de gastos de campaña como de topes de gastos de campaña.

 

Y si conoce usted esas fórmulas, nos las pudiera comentar. Y si, en su opinión, esta situación de las diferentes fórmulas que hay en el país para calcular los topes de financiamiento y de topes de gastos de campaña, facilita o dificultan la nueva facultad que tienen de nulidad de las elecciones relacionadas con el tema de fiscalización.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Yo creo que de alguna manera estas fórmulas a las que usted se refiere con mucha certeza, señora senadora, yo creo que facilitan en un momento dado el poder establecer un parámetro tope para no exceder esos topes que en un momento dado puedan dar con mucha claridad la posibilidad de fijar si una elección es nula o no lo es.

 

Creo que en una forma muy rápida y concreta se lo diría de esta manera.

 

Y, por lo que se refiere a la resolución de la Sala Superior que determina en relación a la, dijéramos, a la sustitución o el haber podido que una dama accediera a la vacante que había, por llamarla vacante de alguna manera, me parece que sí es adecuada.

 

Yo la podría enfocar incluso como si fuera una acción afirmativa que no está causando un perjuicio a la fórmula partidaria, porque está dándole oportunidad a una mujer a que pueda entrar a desempeñar ese cargo en ese momento y en esa legislatura específica.

 

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: En cuanto al tema de los independientes.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: El tema de los independientes. Me parece que los independientes, si bien es cierto que están compitiendo en un momento dado por un curul, por un escaño de elección popular pues no se les puede realmente considerar como una representatividad partidaria porque están partiendo solamente de lo que es el financiamiento que se les otorga como candidatos independientes y que deberían de estar dentro de esos límites para el desahogo de sus gastos de campaña.

 

Gracias.

 

SENADOR DAVID MONREAL ÁVILA: Gracias.

 

Bienvenida licenciada a este Senado de la República.

 

Yo quisiera preguntarle: qué opinión tiene de aquellos aspirantes que han realizado su carrera profesional al amparo de algún partido político o del poder que otorga la función y la facultad en el Poder Judicial y que en muchos casos llegan al cargo de magistrado y gracias a ello pueden ser o pueden seguir siendo promovidos, inclusive de su actuar depende el ascenso.

 

Y más allá –por eso le quiero preguntar- más allá de sus palabras, qué mecanismos se le puede otorgar a la ciudadanía y a este Órgano Colegiado que de aquellos que sean elegidos magistrados en la Sala Superior, se apegue al principio de imparcialidad.

 

Por qué creer que alguien que ha trabajado para algún partido político o el interés de quienes ostentan la función y el Poder Judicial, llegue a ser magistrado, velará por el bien común y no por el bien particular.

 

Cuando le hablo del Poder en uno y otro es por esta facultad de la misma Sala Superior que tiene para el planteamiento y la propuesta.

 

En el ámbito de los tribunales electorales locales, de acuerdo a la Tesis 38/2016, aprobada por unanimidad en la Sala Superior del Tribunal Electoral, en sesión pública celebrada el 7 de junio del 2016, señala: “que compete a la Cámara de Senadores conocer de la conducta de los magistrados electorales locales, cuando incurran en el ejercicio indebido de la función jurisdiccional”.

 

Sustentan lo anterior debido a que la designación de estos magistrados se realiza por este órgano legislativo.

 

El criterio en comento, se fundamenta en el Artículo 116, Fracción Cuarta, Inciso “C”, Apartado Quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Numeral 105, Párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

La Tesis es relevante, pues genera el precedente para analizar la viabilidad de que la Cámara de Senadores también conozca de la conducta de magistrados electorales, en las salas regionales e incluso en la Sala Superior del Tribunal Electoral y entonces la pregunta:

 

¿Considera viable que el Senado de la República pueda sancionar a los magistrados de la Sala Regional y Superior?

 

Por sus respuestas muchas gracias.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Gracias señor senador.

 

Muy interesantes sus cuestionamiento señor senador Monreal.

 

Mire usted: en relación a la opinión en cuanto a que si cuando uno actúa como magistrado, por ejemplo, me voy a referir al Poder Judicial de la Federación en este preciso instante:

 

Yo creo que uno ha ido demostrando a lo largo de la carrera y a través de los diferentes titulares con los que uno ha trabajado, que uno va adquiriendo a lo largo del tiempo, porque es como todas las cosas que se van estructurando poco a poco, uno va tomando experiencia conforme cada asunto, conforme cada planteamiento en los asuntos.

 

Entonces, cuando uno llega ir ascendiendo en la carrera jurisdiccional, a uno le queda muy claro que no pertenece, por ejemplo, dentro del Poder Judicial no somos partidistas, por lo menos en lo particular no soy partidista; de manera que cuando tengo un asunto enfrente para hacer una decisión en cuanto al planteamiento que hicieron los litigantes a la Litis que se está cuestionando en el caso concreto; vemos el caso concreto dijéramos en lo abstracto, viendo la legislación, viendo los planteamientos que haya elaborado el litigante.

 

Y nos olvidamos por completo si ese litigante pertenece a alguna corriente política, pertenece a alguna religión, si pertenece a algún grupo social de la naturaleza que este sea; nos concretamos simple y sencillamente a ver el planteamiento jurídico y a tratar de resolverlo en el fondo, conforme a los lineamientos que nos rigen.

 

Dentro de la institución, que yo sepa, no hay ninguna persona que haya sido impuesta por algún partido. En la actualidad, en la institución está funcionando más bien a través de concursos de oposición, en donde se plantean concursos, preguntas que formula un Comité Técnico del Instituto de la Judicatura y quienes obtienen los mejores puntajes, después de una selección ardua que pasa por diferentes etapas, se van filtrando, se va haciendo la selección de las personas que están más aptas y más capacitadas para el desempeño del cargo, tanto de juez de distrito como de magistrado de circuito, que podríamos decir, viene siendo ya la parte decisoria de la institución.

 

Hay algunos de mis compañeros que para la selección de su personal, de las ponencias o de sus juzgados, también han implementado este tipo de concursos de conocimientos, de manera que en la actualidad la institución está conformada con personas con un alto nivel jurídico, un alto nivel intelectual, que da la certeza al ciudadano que cuando se imparta un fallo en un asunto específico, este es dictado conforme a derecho.

 

Obvia y evidentemente para eso existen los recursos, porque normalmente quien pierde e incluso muchas veces el que gana, que quería ganar tal vez un poco más, van a los recursos. Y entonces será un órgano diferente, con una óptica de secretarios proyectistas diferentes quienes resuelvan.

 

Y si al final de todo el proceso jurídico o judicial llegan a la Suprema Corte, la mecánica es exactamente igual, porque los señores ministros también están rodeados de personas que han seleccionado a través de un concurso de oposición, con una exposición de sus motivos. Cada día los chicos están mejor preparados, están dando maestrías, doctorados en el extranjero; lo que asegura que la institución ha ido creciendo con el paso de los años.

 

Si yo me refiero a la etapa en la que yo entré a la institución, hace casi 39 años, que entré como actuario en un juzgado de distrito en materia administrativa; realmente lo único que se pedía es que uno tuviera un título de Licenciado en Derecho e iba uno aprendiendo en el día a día, en el paso a paso.

 

El día de hoy las cosas han cambiado y me parece que han cambiado en bien de la institución y obviamente por consecuencia, en bien de la ciudadanía y de la parte de los foros.

 

Mencionó usted, en relación a la conducta de los magistrados tanto locales como la designación que se hace por parte del Poder Legislativo; me parece que vivimos en un país democrático en donde hay una perfecta interrelación y un equilibrio, diría yo, entre los Poderes de la Unión; de manera tal que muchas de las actividades, tanto políticas como incluso jurisdiccionales, se interrelacionan.

 

¿Por qué razón? Porque, por ejemplo, en este proceso en el que estamos ahora, ustedes van a decidir de una terna que ya les propuso el Poder Judicial de la Federación para ocupar un cargo en una institución que, bueno, se va a encargar de la impartición de justicia específicamente en el ámbito electoral.

 

Y me parece que esta interrelación a la que yo me refiero es muy útil y es muy sana, porque le da transparencia. Da transparencia a la ciudadanía, le da certeza al proceso en que todos comparecemos y partimos de una base común.

 

Partimos de una base en donde ustedes nos evalúan con una pre selección que ya hizo el Poder Judicial, y serán ustedes quienes designen.

 

Me parece que esa interrelación es muy sana, me parece que sí. Y por esa misma situación de que es muy sana, me parece que sí sería viable que el Senado implicara estas sanciones a los diferentes rangos, tanto de salas regionales como de la Sala Superior.

 

Espero que ahora sí esté respondida, senador.

 

SENADOR DAVID MONREAL ÁVILA: Sí. Sin duda hemos avanzado en la materia, en el tema.

 

El primer caso, yo le preguntaba en razón inclusive de lo que está sucediendo con la comparecencia del interés de la renovación de la sala, porque hay justamente un magistrado de una sala regional que va a comparecer en próximos días y el que en el comentario y en las expresiones del propio Poder Judicial y de la propia Sala Regional, que expresa que por consigna o por recomendación de operar una sentencia el premio sería que forme parte de la Sala Superior.

 

Eso ya inclusive se ventiló públicamente, de ese acuerdo de alto nivel.

 

Y me daría mucha tristeza que esté pasando ese tipo de cosas, y que se acredite, porque además hay una serie de documentos que acompañan, que documentan su actuar, su proceder. Inclusive se excusa de conocer de su función y de la responsabilidad en pleno proceso en el que lo hace con este motivo de las comparecencias.

 

Esas cosas dejan mucha duda, pero sin duda se ha avanzado en la materia y hay mucho qué hacer, mucho trabajo.

 

Le preguntaba en la segunda de las preguntas, porque carecemos inclusive no solamente quizás del propio tiempo sino del marco legal para la sanción y el conocer de los magistrados locales electorales y de los magistrados en las diferentes salas. Pero muchas gracias por sus respuestas.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Gracias a usted, señor senador.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

 

Senador Aréchiga, por favor.

 

SENADOR JORGE ARÉCHIGA ÁVILA: Gracias, senador presidente.

 

¿Qué tal? Buenas tardes.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: ¿Cómo está, señor senador?

 

SENADOR JORGE ARÉCHIGA ÁVILA: Mi pregunta es algo técnica.

 

¿Cuáles son los principios que se deben aplicar en caso de realizar ajuste en la asignación de los escaños de un partido político para llevarlo dentro de un límite institucional?

 

Ya había habido una pregunta al respecto, algo semejante. Lo comentaba la senadora Tagle.

 

Otra pregunta: ¿Aplicaría usted la acción tuitiva, la acción tuitiva respecto de las composiciones de las cámaras del Congreso de la Unión?

 

Y la última, nada más en este caso serían tres:

 

¿Cuáles son las diferencias entre las facultades de asunción y de atracción del Instituto Nacional Electoral?

 

Gracias por sus respuestas.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchas gracias, señor senador. Muy interesantes sus cuestionamientos. Le agradezco los mismos.

 

En relación a cuáles son los principios para hacer el ajuste dentro del marco constitucional, me parece que en un momento dado habría que checar las disposiciones de carácter legal, que son de hecho las que nos tienen que regir.

 

Y, en un momento dado, verificar ese marco constitucional para el efecto de que cuando se hagan los ajustes en los escaños todo el mundo pudiera quedar debidamente representado.

 

Ahora, los principios tienen que ser obviamente principios legales, principios que atiendan a la igualdad, a la paridad para el efecto de que la representación popular, o más bien dicho la designación o la elección puede estar debidamente equilibrada, ¿verdad?

En relación a la cuestión de, le entendí la acción tuitiva, yo la conocía como la representación tuitiva o el interés tuitivo, que se diferencia de alguna manera del interés legítimo.

 

En relación a uno, es el que representa a un grupo en el que está inmerso el interés del grupo como tal y el interés legítimo es aquel donde está implícito el interés de una persona.

 

Por ejemplo: cuando hay un grupo de, por decir algo, de mujeres tal vez, en donde una de ellas dijéramos encabeza la lista de las demás, pues estamos hablando del interés del grupo como tal.

 

Y cuando está una persona, por decir algo, en una representación social o como una sociedad anónima –para que sea un poco más claro- el representante legal, pues ahí estamos hablando del interés legítimo de la persona, o sea, cuando actúa por sí mismo, por sus propios intereses como para hacer un poco la diferencia entre uno y otro.

 

En el caso de cuál es la diferencia entre la asunción y la atracción, pues éstas son fórmulas que se usan para, como el nombre lo dice, para atraer un conflicto o una acción en donde el Tribunal Electoral va a hacer un planteamiento común y el otro era la asunción. Es decir, cuando dijéramos lo jala, es como de ascender. Eso es lo que yo considero.

 

Entonces una es simplemente atrae por la cuestión de la similitud en cuanto al planteamiento que se está haciendo y en el otro está la similitud y entonces simplemente lo absorbe, como una especie de absorción.

 

No sé si están cubiertos los cuestionamientos.

 

Muchas gracias señor senador. Muy gentil por sus preguntas.

 

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Buenos días. Bienvenida al Senado.

 

Fíjese que tenemos alguna preocupación, que usted sabe ha logrado desde la Sala Superior se apoye a distintas mujeres que están en los espacios de poder y que por alguna razón, o diversas razones tienen dificultades para asumir su encargo.

 

Es evidente que ese tipo de problemas se están notando más en el país precisamente porque estamos impulsando la presencia de más mujeres en los espacios de decisión y entonces me parece que es importante que usted nos dé su opinión respecto a qué piensa usted de la violencia política contra las mujeres, nuevo precepto que está perneando en nuestros países, particularmente en México tenemos una discusión y quiero su opinión.

 

Además me gustaría mucho que nos pudiera hablar sobre las características que deben cumplir quienes están asumiendo un encargo como juzgador o juzgadora en materia electoral.

 

Y además quisiera que me diera su opinión: considera usted que los llamados alegatos de oídas que sostienen en muchas ocasiones magistradas y magistrados con quienes intervienen, siendo el caso, en alguna impugnación, desde su punto de vista son pertinentes o no. Quisiera que me diera su opinión.

 

Por sus respuestas muchas gracias.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchas gracias señora senadora. Muy gentil por sus preguntas.

 

Mire usted: en relación a la opinión sobre la violencia política que se ejerce sobre las mujeres, yo creo que es un punto muy delicado por el que está cruzando nuestro país.

 

He tenido conocimiento de algunos lugares, sobre todo en el sur-sureste de nuestro país, en donde no obstante que una mujer ha logrado una votación que la sitúa en un cargo de elección popular, acertadamente podríamos decir, que desde el punto de vista legal esa persona sería la que ejercería ese cargo público para el que ha sido triunfadora; como que hay una oposición social por algún sector de la población que no les permiten esta toma de posesión.

 

En el caso muy específico, creo que hay una o dos en el estado de Chiapas, en donde la comunidad basada en usos y costumbres, se oponen a lo que fue el resultado electoral, que fue transparente, que estuvo en casillas, que estuvo transparentado que esa mujer ganó la elección popular. O sea, la decisión de la mayoría que votó la dan como triunfadora; sin embargo hay algún sector que se opone y las amenazan, las agreden, es muy complicado.

 

Creo que aquí, una de nuestras principales problemáticas es que nuestro país va poco a poco avanzando en esta cuestión de la paridad de género; pero no podemos negar ni podemos ocultar que somos un país que tradicionalmente ha sido machista y entonces las nuevas generaciones, creo yo, han podido a través de la socialización, a través de la instrucción académica, a través del cambio social que se está generando no solamente en nuestro país; sino que esta cuestión de las redes sociales ha sido muy importante.

 

Más que las redes sociales, por ejemplo el uso de internet, en donde ahora en la palma de la mano uno puede tener el mundo –por decirlo de alguna manera– y entonces, la gente joven está mejor informada de que en otras latitudes hay una actitud diferente hacia la mujer. Y entonces creo que una parte muy importante para poder frenar esta violencia contra las mujeres, es la sensibilización y esta solamente se va a lograr a través de la educación, de la información.

 

Y muy curioso, porque yo lo que advierto es que las mujeres somos quienes educamos a los hijos. Pero que muchas veces y en muchos estratos de nuestra sociedad, las mismas mujeres formamos hijos machistas en lugar de que en nosotras mismas existiera tal vez un poco el equilibrio de formarlos al parejo, de formarlos con igual enfoque de la vida, con un enfoque parejo de lo que son las actividades y las responsabilidades y el respeto mutuo de los géneros.

 

Eso considero en relación a la violencia que se ejerce sobre las mujeres.

 

Me pregunta usted también, y es interesante, ¿qué características deben de cumplir quienes asumen el cargo de magistrados en la Sala Superior?

 

Creo que al final de cuentas son juzgadores, ejercen la función jurisdiccional, la noble función jurisdiccional, yo así la denomino; porque creo que se necesita una sensibilidad muy especial para ser juzgador. No solamente tenemos que apoyarnos en lo que son los alegatos –que ahora iré a la siguiente respuesta, que es la de los alegatos de oída–; pero tenemos que cumplir con una transparencia absoluta de nuestra propia vida.

 

La frase que tengo es que “todos los juzgadores debemos vivir en una casa de cristal”, una casa de cristal en la que seamos congruentes con nuestro actuar, que seamos muy transparentes en nuestra vida, tanto personal como pública, porque no podemos tener la incongruencia de pedir rectitud y aplicación irrestricta del derecho en nuestros asuntos laborales; y tener una actitud personal diversa.

 

La diversidad puede ser de muchas maneras; desde cómo tratamos tal vez a la parte del servicio de nuestra casa, cómo tratamos al vecino, cómo nos comportamos en el contexto de los demás compañeros, qué tan corteses, qué tan amables podemos ser.

 

Y entonces creo que la característica del juzgador es que debe de tener la mentalidad abierta para recibir, para recibir la información y no casarse con la propia estructura de uno, ¿verdad?

 

Esto se encadena un poco con lo que se refiere a la última de sus preguntas, señora senadora Tagle. Esta parte de los alegatos de oídas yo los considero muy pertinentes.

 

Ocurre que, perdón, senadora de la Peña, perdón por la confusión. Yo creo que los alegatos de oído son muy sanos; son muy sanos porque muchas veces la estructura de un escrito puede estar muy fría, dijéramos, llamémosle amañada en la forma en la que se expresa algo por escrito.

 

Sin embargo, cuando uno recibe a la parte contendiente, cuando uno recibe a la parte involucrada, y no me refiero necesaria y expresamente al litigante sino a la parte que está representada o que tiene el conflicto, a mí me ha dado en la experiencia muchísima luz.

 

Uno de mis sistemas de trabajo es que yo tengo una libretita parecida a la que traigo el día de hoy, en donde yo anoto todos los días que llega alguien a verme en qué relación, a qué asunto, quién llegó a verme, qué carácter tiene dentro del expediente, qué me dijo, y termino por poner qué le dije.

 

Y esto ha sido muy útil, porque a la hora de revisar el asunto, a la hora de emitir la resolución, voy, consulto mis notas y me dan datos que a veces no aparecen en el expediente. Reflexiones que hay ocasiones en que no se plasmaron o no se plasmaron como ellos querían, que a lo mejor en el escrito yo lo interpreté de una manera diferente.

 

Y entonces, bueno, están un poco ligadas las dos respuestas finales. Espero haber dado respuesta a sus preguntas, señora senadora de la Peña.

 

Muchas gracias.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Senador Gracia, por favor.

 

SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: Bienvenida. Muchas gracias por estar aquí.

 

Mis preguntas no van a ser técnicas, porque su perfil creo que nos puede dar mucha luz respecto a todo este proceso. Me voy a explicar.

 

Ha habido cuatro ternas que han sido las más polémicas, las dos de mujeres y la dos jurisdiccionales, por diferentes razones.

 

Las de mujeres, porque consideramos que la Corte nos limitó en cuanto a la posibilidad de ser más amplio en la participación paritaria de género en la integración de la Sala Superior.

 

Y las jurisdiccionales, porque hay quienes consideran que falta la experiencia más técnica en el tema.

 

¿Y por qué creo que es importante hacer esta pregunta que le han hecho a otros candidatos, pero en su caso particular hacerla de forma más incisiva? Porque creo que es un caso demuestra cómo la Corte no aprovechó estas dos coyunturas.

 

¿Por qué a usted la catalogaron por su género, cuando lo que la debería de definir para este proceso es su experiencia jurisdiccional sin importar el género?

 

Para mí su establecimiento dentro de esta terna es un acto claramente discriminatorio por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y quisiera saber su opinión al respecto de este proceso.

 

Segundo punto, que me lleva a cómo usted considera, en su experiencia jurisdiccional en otras materias, le pueden aportar a su integración dentro de la Sala Superior en la técnica electoral.

 

Y un tercer punto, y creo que usted lo mencionó de una forma somera en anteriores participaciones y que me abrió pauta para esta pregunta:

 

Aún y cuando falta mucho qué hacer por generar la paridad o la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, se ha avanzado sin duda. Y quienes estudian hoy la carrera de derecho, quienes están iniciando su actividad en un poder judicial de cualquier índole, sea local, federal, administrativo, de lo que sea, obviamente como mujeres es mucho más fácil hacerlo ahora que hacerlo hace 10 años o mucho más, hacerlo hace 20 o hace 30.

 

Y creo que su perfil tiene esa experiencia de cuando participar y hacer carrera jurisdiccional como mujer era mucho más complicado que lo que es hoy, que son otras contendientes, que le ha tocado mucho esto.

 

Y yo pongo mi experiencia cuando estudié derecho en la década de los 90, ya era por lo menos la conformación de los salones de clase ya era relativamente igualitaria. Eso no sucedía en los 80’s y mucho menos en los 70´s; e igual sucedía obviamente por circunstancia natural en los poderes judiciales.

 

Le haría esas tres preguntas:

 

¿Qué considera de este proceso de asignación de los temas jurisdiccionales y de las mujeres?

 

¿Cómo su experiencia jurisdiccional en otras materias puede aportar al tema electoral?

 

Y, ¿cómo su participación ya de varias décadas dentro de esta carrera jurisdiccional, le puede ayudar a darle este rol paritario a sus decisiones dentro de la Sala Superior?

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Gracias señor senador Gracia.

 

Mire usted: en relación a la postulación que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la conformación de estas ternas, pues yo con toda honradez le debo decir que no me siento discriminada, al contrario, me siento sumamente halagada, me siento sumamente reconocida en esta doble vertiente, por decirlo de alguna manera.

 

En esta doble vertiente porque por una parte me escogen por la carrera y la trayectoria –perdón por ser vanidosa-, la carrera impecable que tengo y la otra por ser mujer.

 

Yo creo que la Corte siguió algún criterio dijéramos para encajonarnos en las ternas como mujeres.

 

Y bueno, en el caso muy concreto creo yo que vanidosamente digo que conmigo se conjugan las dos partes.

 

Si en un momento dado nos hubiera distribuido a las mujeres en las diferentes ternas, pues yo tengo la plena confianza y el aplomo de decirlo de manera públicas ante ustedes y ante las cámaras, que posiblemente hubiera sido designada de todos modos.

 

¿Por qué? Porque muchos de mis compañeros son de una antigüedad menor y le debo de decir que precisamente por haber sido funcionaria hace muchos años dentro de la institución, casi siempre me ha tocado para mí la fortuna, porque he aprendido mucho, la fortuna de ser la única mujer, la única mujer como secretaria, la única mujer como Secretaria de Tribunal, la única juez de distrito, en un momento dado yo era la única juez de distrito en Jalisco, y les voy a decir una referencia que por ahí me enteré en algún momento:

 

Yo era Juez Primero de Distrito en materia Penal, lo fui por más de 6 años en donde fui ratificada en el cargo por la antigua Suprema Corte, y en Jalisco el Foro Jurídico, quienes son de Jalisco posiblemente se hayan enterado que decían en Jalisco que el único juez que tenía pantalones era el Primero, es decir, la suscrita.

 

Les digo que yo he aprendido mucho de mis compañeros varones porque a pesar de que soy una mujer muchas veces pienso como varón porque siempre he estado alrededor…; pero en el sentido específico de que soy muy concreta en los planteamientos me queda muy claro lo que quiero, trato de hablar lo más concreto posible.

 

Se dice que las mujeres hablamos un poco en manera circular, los hombres son más directos, van más directo al punto; las mujeres como que le damos la vuelta, y la vuelta, y la vuelta.

 

Y entonces bueno, en ese sentido específico creo yo que no me siento discriminada, señor senador.

 

Ahora bien, en su segundo planteamiento, su segundo cuestionamiento, yo creo que la práctica que uno ha ido adquiriendo a lo largo de la carrera judicial que vendría siendo la técnica jurisdiccional para juzgar, yo creo que a lo largo de todos estos años es una cualidad, una habilidad de esas que se ejercen todos los días y cada día se van perfeccionando.

 

Me queda claro que me queda mucho por aprender. Afortunadamente tengo las ganas, el ímpetu, la valentía de hacerlo y creo que puedo dar mucho en un momento dado en cuanto a la técnica específicamente jurisdiccional.

 

Y creo yo, un poco ligado con su última pregunta, que esta experiencia de tantos años como juzgador, en el caso específico resolviendo son ya 27 años que creo que sí he aprendido mucho.

 

Y les voy a hacer una referencia de alguien que me dijo en una ocasión:

 

Siendo yo Juez de distrito, hubo un asunto de suma trascendencia que se presentó y acudí al entonces señor Presidente de la Corte a darle un informe del asunto para que él se enterara por mí y no se enterara por las noticias ni por la prensa porque me parecía que era un asunto que implicaba cierta trascendencia en cuanto a la materia que yo manejo, que es la materia penal.

 

Y entonces yo le dije: “señor Ministro Presidente: pues después del planteamiento que le hice y que en un momento dado se plasmó cuál era la solución que yo proponía en el asunto, le dije: “señor ministro presidente, es que debo de reconocer que no soy inteligente, lo que pasa es que tengo tantos años haciendo lo mismo, que algo he aprendido en este tiempo”.

 

Y el señor ministro presidente, con esa bonhomía que tenía, en paz descanse, me dijo: “mire usted, algo debes de tener de inteligencia, porque si metemos una piedra al horno 30 años, no nos va a salir un pan”. Motivo por el cual, dije: “viéndolo así, desde ese punto de vista, creo que sí soy inteligente y debo de reconocerlo”.

 

Sí, sí lo soy.

 

Espero haber dado respuesta a sus preguntas, señor senador. Muchas gracias.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Senador Casillas, por favor.

 

SENADOR JESÚS CASILLAS ROMERO: Gracias, presidente. Licenciada Parra Parra, bienvenida nuevamente al Senado de la República.

 

Prácticamente cuando nos toca a los del PRI preguntar, bueno, eso nos da una visión muy amplia y bueno, a propósito casi, casi paisana, yo sé que es de la Ciudad de México, pero yo soy de Jalisco; entonces la considero mi paisana. Bienvenida.

 

Oiga, yo me voy a ir en temas más bien prácticos que me gustaría conocer su opinión, porque seguramente van a ser temas que van a llegar no solamente a los tribunales especializados, a las salas regionales, inclusive la Sala Superior, y que tiene que ver con la publicidad y la propaganda.

 

El artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, permite que los funcionarios públicos puedan realizar por lo menos una vez al año, una actividad de información, de publicidad de sus acciones, los informes ya sea de los gobernadores, de los presidentes municipales, del presidente de la República, inclusive los propios legisladores podemos y estamos en la capacidad de informar a través de los medios electrónicos, a través de la publicidad de nuestras acciones, en un determinado tiempo.

 

Y yo quisiera preguntarle, en ese sentido, si este precepto que contempla la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ¿no contraviene el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

 

Por otro lado, quisiera conocer su opinión en torno a la actividad publicitaria dirigida. Si usted considera que puede influir en las preferencias electorales el hecho de que algún actor político, asumiendo o a través de la facultad que tiene como representante o como funcionario público de dar información y de presentarse en los noticiarios de manera reiterada o generar información que a lo mejor no lo es tanto porque puede tener algún tipo de acercamiento con un medio de comunicación.

 

Lo decía el senador Manuel Cavazos, hay quien inclusive utiliza la tribuna para hacerse campaña y a través de alguna acción lo que busca no es una acción, sino buscar cómo aparecer en los medios de comunicación, generar una noticia;  cuando a lo mejor no lo es y que puede considerarse una actividad y no el mero ejercicio periodístico de un medio de comunicación de informar.

 

Y ver ahí cuál ese límite que hay entre lo periodístico y una actividad publicitaria.

 

Y por último yo quisiera conocer su punto de vista y su opinión para que me pudiera más o menos orientar para usted cuáles son y en qué consisten los elementos de identificación, de propaganda personalizada de los servidores públicos.

 

Nuevamente bienvenida y por sus respuestas, muchas gracias, magistrada.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchas gracias, senador Casillas.

 

¿Cómo fue la última, perdón?

 

SENADOR JESÚS CASILLAS ROMERO: Para usted cuáles son y en qué consisten los elementos para la identificación de propaganda personalizada  de los servidores públicos.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Gracias por la repetición.

 

Muy interesante su planteamiento, señor senador.

 

Creo yo que en este rubro de la publicidad y la propaganda en relación a lo que es esta aparición o esta declaración, es que hay veces que por la misma función pública que desempeñan tienen que emitir. Creo que es una línea tan tenue la que separa a veces esta parte de cuando se está haciendo la publicidad de manera personal, como decía el señor senador Cavazos Lerma; que podríamos decir que esta actividad verdaderamente sí se opine en un momento dado con el 134 constitucional, ¿verdad?

 

Si bien es cierto que esto es como una línea muy delgadita, muy tenue, yo creo que sí habría necesidad de hacer una acotación, una precisión específica que no deje lugar a dudas de esta interrelación o de esta invasión de un lado hacia el otro, por decirlo de alguna manera muy coloquial.

 

Creo yo que también el funcionario que lo hace, a veces la intención puede ser doble, ¿verdad? O específica, específica pero a veces doble, los mencioné en el doble planteándolo como si fuera un poco camuflageado.

 

Como que es una intención oculta, pero que la realidad es que aparenta otra cosa. O sea, un poco el refrán ese de nuestro pueblo que dice que no hay que hacer cosas buenas que parezcan malas, ¿verdad?

 

En ese punto, creo que sí debería de precisarse con mayor claridad para poder establecer dónde sí y dónde no.

 

En relación a esta parte que menciona usted de la actividad publicitaria, cuando de manera reiterada se sale a un medio a hacer un poco notoriedad, dar la notoriedad, posiblemente previendo una actividad política o contenciosa futura.

 

Y entonces muchas veces creo yo que el ser humano cuando ve algo de manera reiterada, termina por convencerse.

 

Y si vemos en un medio de publicidad, en un cartelón, en una propaganda un rostro o un nombre, a lo mejor aunque la contienda sea muchísimo tiempo posterior, seguramente nuestra mente se va a ir hacia ese nombre que ya nos resultó conocido por alguna razón, aunque no conozcamos muchas veces de fondo ni su plataforma, ni su pensamiento, ni las acciones que ha desarrollado en un momento dado y que verdaderamente puedan convencer a la ciudadanía de que ese es el candidato idóneo.

 

Muchas veces nos vamos porque dice uno, pues es que siempre sale o yo lo he visto. El ser humano nos vamos muchas veces con esa idea de lo que nos resulta aparentemente conocido, aunque a veces lo conocido no resulta a veces muy bueno, ¿verdad?

 

Esa parte ya no es parte de la pregunta.

 

Ahora bien, el límite entre lo público y la acción pública en cuanto a la propaganda personalizada, yo creo que también tendremos que ver el tiempo en que esto se hace, atendiendo a los límites de las campañas, las precampañas, si se hace hacia el interior, que vendría siendo la precampaña para poder lograr que los afiliados o los que comulgan dentro de ese partido lo identifiquen y lo puedan postular.

 

Y si ya es en campaña, ahí la cosa ya cambió.

 

No sé si está respondida.

 

Muchas gracias, señor senador.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Pasamos a la ronda de preguntas de la sociedad civil.

 

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: La pregunta es de Artículo 19, la Oficina para México y Centroamérica:

 

“¿Su actuación en algún cargo del servicio público ha sido alguna vez materia de comentarios en los medios de comunicación?”

 

“¿Qué opina de los comentarios recibidos?”

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Muchas gracias, señora senadora de la Peña.

 

Muchas gracias a quien formuló esta pregunta, que es muy interesante porque además me hace recordar mis viejos tiempos de Juez de Distrito.

 

Efectivamente, a lo largo de los seis años y fracción que fui Juez Primero de Distrito en el estado de Jalisco, obvia y evidentemente me tocaron asuntos muchas veces muy controvertidos.

 

Obviamente la prensa se encarga de la difusión de estos asuntos, y sí, en algunas ocasiones fui, dijéramos, criticada por las resoluciones que emití.

 

Por ahí hubo una revista hace muchos años, que creo que a estas alturas ya no existe, la verdad es que no le llevo la pista a las publicaciones pero que en un momento dado a un grupo de jueces que coincidimos en esa época nos pusieron los narco jueces porque resulta que resolvíamos asuntos que consignaba la Procuraduría muchas veces carente del sustento legal suficiente como para poder decretar un auto de formal prisión en contra de algún inculpado y obviamente que cuando uno dictaba una resolución totalmente apegada a derecho y que concluía con la libertad de alguna de estas personas obviamente pues como coloquialmente se dice, salía el periodicazo.

 

Me resultaría muy difícil poder precisar con toda esa actitud el número, el nombre del asunto porque además de que han pasado más de 21 años de que fui Juez de Distrito creo yo que he aplicado a lo largo de mi carrera jurisdiccional una tónica muy fácil: yo olvido nombres y olvido caras.

 

Me acuerdo de los asuntos, me acuerdo que es el asunto del señor que se cayó, de la señora que traía. Eso sí lo recuerdo porque hay ocasiones en que cuando ya es uno magistrado y sobre todo en mi caso concreto que después de casi 4 años regresé al estado de Jalisco como magistrada de circuito en donde me correspondía revisar en materia de apelación algunos asuntos en los que tal vez yo había emitido la orden de aprehensión, pues tenía que acordarme y decir “este asunto yo me acuerdo que ya lo vi”, revisábamos y si había la situación de que yo ya había conocido del mismo, pues había que plantear la excusa y el impedimento.

 

Y efectivamente, bueno, qué pasa después de que sale un periodicazo: pues aplico lo que ya les dije, ¿verdad?: Lo olvido. Olvido porque creo yo que lo que uno tiene que ver es el asunto concreto, el aspecto jurídico, la parte que hay que decidir para no crear ni enemistades ni crear animadversión por alguna de las partes porque en otro asunto diferente hizo alguna cosa.

 

Efectivamente, en algún momento con motivo de algún asunto sujeto a mi decisión, pues también me han promovido quejas administrativas ante mis superiores.

 

Podríamos decir todas ha sido desechadas pues porque no hay un fundamento ¿verdad? Creo yo cuando uno tiene un actuar transparente, legal, apegado a las constancias y apegado a derecho pues no puede haber otra solución más que sean desechadas.

 

Espero haber dado respuesta a la pregunta formulada.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias.

 

De esta manera damos por concluida la comparecencia de la ciudadana María del Pilar Parra Parra, agradeciéndole su participación en esta Comisión de Justicia y deseándole éxito en el procedimiento.

 

MARÍA DEL PILAR PARRA PARRA: Le agradezco muchísimo.

 

Les agradezco a los señores senadores la gentileza de su atención y además permítanme externarles una felicitación amplia y verdaderamente sincera a todos y cada uno de los colaboradores de este Máximo Tribunal Legislativo, de este Órgano Legislativo.

 

Todo mundo ha sido muy, muy gentil.

 

Muchísimas gracias a todos.

 

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias a usted.

 

******  (SIGUE TERCERA PARTE)  ******

 

 

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