PREGUNTA.- Inaudible.
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- ¡Ah! Los del PRD.
PREGUNTA.- La de Isaías, ¿o algo más del PRI?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- No, ninguno.
PREGUNTA.- Él dijo que…
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- ¿Isaías?
PREGUNTA.- Sí.
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Sí, pero ninguno más.
PREGUNTA.- ¿Va mañana al pleno o tienen que pasar 24 horas?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- No, porque como se trata de una reforma constitucional, tienen que ser dos sesiones, no 24 horas.
PREGUNTA.- ¿Dos sesiones?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Sí.
PREGUNTA.- Entonces, ¿pasaría hasta el próximo jueves?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Martes. Bueno, eso es parte de la Mesa Directiva, ya son decisiones de la Mesa Directiva, y ellos son los que tienen que resolver el día que pase.
PREGUNTA.- ¿Y tendrá que regresar a Cámara de Diputados, aquí es origen?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- En caso de que aquí se apruebe, como es reforma constitucional tiene que pasar a la Cámara de Diputados, con dos tercios, igual que aquí, dos tercios de votación. Y si se aprueba en la Cámara de Diputados, tendrá que pasar a los congresos locales, porque es constituyente permanente, entonces tendría que hacer todo ese periplo.
PREGUNTA.- Antes de ese recorrido, ¿cree que se pueda cambiar la fracción 18 del 123, como lo mencionaron…?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Creo que falta explicación, a lo mejor ellos lo entendieron de un modo, nosotros lo entendimos de otro, pero nos dará el espacio para platicarlo, comentarlo y hacer las precisiones. Tenemos tiempo.
PREGUNTA.- ¿Por qué dice el senador Barbosa que fue de último minuto o ellos dicen, incluso los del sector obrero?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- En realidad sí fue una propuesta que hizo Acción Nacional; pero, insisto…
PREGUNTA.- Inaudible.
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- No, no. Desde antier estaba formulada y se circuló el dictamen; pero, lo importante es decir, haber vamos a diseccionarlo para que podamos explicarlo mejor.
Creo que es un tema que resiste perfectamente el comentario, la explicación. En el fondo de lo que se trata es de evitar de lo que siempre se han quejado, de chantajear, de que haya emplazamientos de huelga o contratos de protección.
Se trata de hacer que la justicia laboral sea efectivamente una justicia bajo el principio de que sean órganos jurisdiccionales.
Esto implica que efectivamente desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no se suspende la función conciliatoria. En el orden federal habrá una instancia, un órgano con autonomía –autonomía de gestión, autonomía financiera, etcétera- con un titular, que será propuesto en terna por el Ejecutivo federal y aprobado por dos tercios en su caso, por dos tercios del Senado de la República.
Entonces, la función conciliatoria se preserva, ahí es en donde el tripartismo va a tener presencia plena, porque van a participar las partes; además, es un principio obligatorio, tienen que participar primero las partes –antes de ir a juicio- en un proceso de conciliación.
En los estados, en el orden que corresponde a la legislación de los estados, de acuerdo con la legislación y la Constitución de cada entidad, también habrá centros de conciliación como un paso obligado.
Si no hubiese conciliación ni en el orden federal ni en el orden estatal, entonces será un juez el que resuelva.
Lo importante de esto es que ya no son juntas, sino que pasa realmente al concepto de justicia.
¿Quiénes imparten justicia? Órganos jurisdiccionales, entonces se intenta, se busca que haya una depuración; que no haya emplazamientos ficticios, que no haya contratos de protección, que realmente se entre a un proceso en donde por nuestro sistema seamos competitivos con todos los países que ya tienen estas formas.
PREGUNTA.- ¿Una instancia como la que tiene por ejemplo el Tribunal Electoral?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Parecido.
PREGUNTA.- Inaudible.
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Exacto, una instancia con autonomía, que tendrá a su cargo no solamente funciones de conciliación, sino también el registro nacional –aquí sí nacional- de contratos colectivos y de organizaciones sindicales.
¿Qué organizaciones sindicales hay, están acreditadas? Un registro. ¿Hay contratos colectivos? Sí, registremos los contratos para saber efectivamente qué terreno está pisando cada empresa, cada sindicato, cada organización obrera.
PREGUNTA.- Entonces, ¿ahora ya van a ser los poderes judiciales los que intervengan?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- Los poderes judiciales en el orden federal, Poder Judicial de la Federación; en los estados, el Poder Judicial de los Estados.
PREGUNTA.- ¿Los que van a intervenir en materia laboral…?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- El de justicia laboral, sí. Previo, y esto lo subrayo, el requisito de que pasen a un proceso de conciliación a través de los órganos, tanto estatal, como federal, que serán establecidos con puntualidad y que desarrollará función la legislación secundaria, la Ley Orgánica del Poder Judicial, las constituciones locales, etcétera.
PREGUNTA.- ¿Solamente es para casos de sindicatos, no para trabajadores?
-SEN. ENRIQUE BURGOS GARCÍA.- La Constitución protege casos individuales y casos colectivos, sin duda alguna. Es un derecho del trabajador en lo individual y en lo colectivo.
Muchas gracias.