El Senado aprobó adicionar los artículos 109 Ter y 109 Quáter a la Ley General de Salud en materia de clasificación de enfermedades con el fin de crear el Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades.
Al presentar el dictamen, el Presidente de la Comisión de Salud, senador Salvador López Brito, aseguró que con el Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades se pretende normar, vigilar y promover el uso correcto de la familia de clasificaciones internacionales y nacionales de la Organización Mundial de la Salud, así como desarrollar las clasificaciones que se requieran en el país.
López Brito explicó que la clasificación de las enfermedades es importante para mantener un registro correcto y confiable de los diferentes problemas patológicos y de las diferentes agrupaciones de enfermedades que existen en el país.
Con base en lo anterior, agregó, los gobiernos federal y estatales podrá implementar políticas públicas de prevención, atención y de aplicación de los recursos para la diferente lucha contra las enfermedades en nuestro país.
“El Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades estará integrado por representantes de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que presten servicios de salud, y podrán participar representantes de los sectores social y privado, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía así como miembros honorarios que la Secretaría de Salud invite por su destacado conocimiento en la materia”, explicó López Brito.
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8 de noviembre de 2016
Versión de la intervención del senador Salvador López Brito, al presentar un dictamen de las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos, por el que se adicionan los artículos 109 Ter y 109 Quáter a la Ley General de Salud
Con el permiso de la Presidencia.
Presento a la consideración de esta Asamblea, dictamen de las comisiones unidas de Salud y Estudios Legislativos con modificaciones, de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 109 Ter y 109 Quáter a la Ley General de Salud en materia de clasificación de enfermedades.
El objetivo de esta modificación es crear el Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades, con el cual se va a normar, vigilar y promover el uso correcto de la familia de clasificaciones internacionales y nacionales de la Organización Mundial de la Salud, así como desarrollar las clasificaciones que se requieran en el país.
¿Por qué es importante la clasificación de las enfermedades? Para, precisamente a través de un registro correcto, de un registro confiable, de los diferentes problemas patológicos, de las diferentes agrupaciones de enfermedades que tenemos en nuestro país.
Con base en esto, llevar a cabo políticas públicas de prevención, de atención y, desde luego, también de aplicación de los recursos para la diferente lucha contra las enfermedades en nuestro país.
El presente proyecto de decreto tiene…, se presenta un único artículo por el cual se adiciona, como les comentaba, el 109 Ter y 109 Quáter de la Ley General de Salud.
El artículo 109 Ter quedaría como sigue: “La Secretaría de Salud coordinará el Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades, el cual será un órgano colegiado que tendrá por objeto normar, vigilar y promover el uso correcto de la familia de clasificaciones internacionales de la Organización Mundial de la Salud, así como desarrollar las clasificaciones que se requieran en el país.
“El Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades estará integrado por representantes de las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, que presten servicios de salud, y podrán participar representantes de los sectores social y privado, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía así como miembros honorarios que la Secretaría de Salud invite por su destacado conocimiento en la materia.
“Los miembros del Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades deberán ser expertos en materia de clasificaciones y generación de información en salud”.
Artículo 109 Quáter: “El funcionamiento del Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades se regirá por sus reglas de operación, que serán aprobadas por la Secretaría de Salud, a propuesta del propio Centro.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación al Diario Oficial de la Federación.
Pongo pues a su consideración estas modificaciones a la Ley General de Salud, cuyo objetivo es precisamente tener y contar con una mejor información sobre los problemas de patologías que afectan a las familias y a las mexicanas y los mexicanos.
Por su atención, y esperando su apoyo con su voto a favor, muchas gracias.
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