Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

El senador Héctor Larios Córdova calificó como un avance las modificaciones que aprobó el Senado de la República al Código Federal de Procedimientos Civiles, para incorporar el formato de lectura fácil en las sentencias de juicios en los que estén involucradas personas con discapacidad.

“Es una modificación para que cuando en una sentencia esté involucrada una persona con discapacidad intelectual, se pueda hacer la sentencia, además de la formal, la que ya obliga la ley, una sentencia de lectura fácil, es decir, con párrafos cortos, que no use tecnicismos, que use leguaje cotidiano, que tenga una tipografía clara”, explicó.

El legislador por Sonora señaló que una persona con discapacidad intelectual debe saber “cuál fue el resultado de la sentencia que le afecta a él, y debe de saberlo a través de una sentencia que pueda leer con claridad”.

Este dictamen, concluyó, tiene una enorme trascendencia para las personas que padecen alguna discapacidad intelectual.

  

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8 de noviembre de 2016

Versión de la participación del senador Héctor Larios Córdova, al participar en la discusión de un dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, el que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 222 Bis del Código Federal de Procedimientos Civiles

Este dictamen que modifica un solo artículo tiene una enorme trascendencia para las personas que tienen alguna discapacidad intelectual y primeramente déjenme hacer una referencia, hasta hace muy pocos años se consideraba que la discapacidad intelectual era absoluta, de tal manera que se implementaba el juicio de interdicción para declarar incapaz de hacer cualquier acto jurídico a una persona que tenía una discapacidad intelectual.

Ya en algunos estados, falta la mayoría, se le permite al juez que determine si tiene capacidad jurídica para determinados actos legales, por ejemplo, para contratarse. Queremos que las personas con discapacidad intelectual puedan trabajar, pero cómo pueden trabajar si no pueden firmar un contrato porque tienen un juicio de interdicción y están declarados incapaces legalmente.

En complemento a esta modificación que ya existe en algunos estados y que invito que ojalá se promueva en los códigos civiles de todos los estados. Ahora viene una modificación al Código de Procedimientos Civiles, para que cuando la sentencia esté involucrada una persona con discapacidad intelectual, se pueda hacer la sentencia además de la formal, la que ya obliga la ley, una sentencia de lectura fácil. Es decir, con párrafos cortos, que no use tecnicismos, que use leguaje cotidiano, que ponga ejemplos, que tenga párrafos cortos, que tenga una tipografía clara.

Una persona con discapacidad intelectual debe de saber cuál fue el resultado de la sentencia que le afecta a él y debe saberlo a través de una sentencia que la pueda leer clara, a través de ejemplos  y que le quede claro, por ejemplo en el caso de un juicio de interdicción, que el juez declaró que si tiene capacidad legal para contratarse, a lo mejor tiene capacidad legal --decretó el juez-- para contraer matrimonio, pero no tiene capacidad legal para hacer actos de dominio, a lo mejor, que es el objeto del juicio de interdicción.

De manera que esto es un avance, la verdad es que en pocos países de Latinoamérica se ha venido dando estos avances y yo le agradezco y felicito a la  Comisión de Justicia y a la de Estudios Legislativos que hayan dictaminado y presentado este dictamen favorable para cambiarle la vida a las personas que tiene una discapacidad intelectual y que no necesariamente por ello están totalmente discapacitadas.

Es cuanto, Presidente. 

 

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