El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera, para reformar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de trato digno animal y prohibición de peleas de perros.
Al expresar su respaldo al dictamen en la tribuna, la senadora panista Silvia Garza Galván señaló que la evolución del marco jurídico en materia de trato digno de los animales pone de manifiesto la clara transformación en las convicciones éticas de nuestra población.
“Diversos estudios han mostrado estrechos vínculos entre la afición por las peleas de perros y el desorden de conducta en que muchos casos están relacionados con actos violentos. Nada justifica estos actos de crueldad y maltrato tan brutales”, expuso.
La legisladora por Coahuila señaló que “es urgente llenar el vacío legal que permite que en algunos estados se sigan llevando a cabo estas atroces peleas”.
Recordó que desde 2013 en Coahuila, la ley tipifica las peleas como un delito y estipula una condena de 1 a 7 años de prisión para organizadores y una condena de 1 a 3 años, para quien participe o promocione esto entre animales.
Los animales y todas las especies que nos acompañan en este planeta merecen nuestro respeto y nuestra protección, concluyó la senadora de Acción Nacional.
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22 de noviembre de 2016
Versión de la intervención de la senadora Silvia Garza Galván, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera, por el que se reforma y adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Con su permiso, senadora Presidente.
Quiero manifestar mi apoyo al presente dictamen, desde el año 1978 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la UNESCO, y posteriormente la Organización de las Naciones Unidas pusieron sobre la mesa el debate público internacional de los derechos de los animales, la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Animales estableció un marco del que se derivan todas las leyes federales, locales y reglamentos alrededor del mundo.
En los 14 artículos que conforman este texto se proclaman elementos estrechamente relacionados con el dictamen que hoy discutimos; por ejemplo, el artículo 1: todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos de existencia; artículo 2: todo animal tiene derecho al respeto; artículo 3: ningún animal será sometido a malos tratos ni crueles; artículo 10: ningún animal debe ser explotado por esparcimiento del hombre.
En cuanto a la legislación nacional, encontramos en la fracción 48 del artículo tercero de la Ley General de Vida Silvestre el concepto jurídico de trato digno y respetuoso, definido como “las medidas que esta ley y si reglamento, así como los tratados internacionales, las normas ambientales y normas mexicanas establecen para evitar el dolor, deterioro físico, sufrimiento durante su posición, propiedad, caza, captura, traslado, exhibición, cuarentena, comercialización, aprovechamiento, adiestramiento, sacrificio, misma que su servidora ha apoyado y ha impulsado esta gran reforma”.
La evolución del marco jurídico en materia de trato digno de los animales pone de manifiesto la clara transformación en las convicciones éticas de nuestra población.
Confío en que la adopción de las normas que garanticen una relación del respeto entre los seres humanos y demás especies con las que convivimos, sumando acciones educativas, que fortalezcan estos valores de las nuevas generaciones sean la clave para salvaguardar el capital natural y fortalecer las relaciones sociales en nuestro país.
En lo que respecto específicamente a la prohibición de peleas perros coincido plenamente con los proponentes y felicito al senador Pablo Escudero de este proyecto de decreto, es urgente llenar el vacío legal que permite en algunos estados se siga llevando a cabo estas atroces peleas de perros.
Diversos estudios han mostrado estrechos vínculos entre la afición por estas actividades y el desorden de conducta en que muchos casos están relacionados con actos violentos. Nada justifica estos actos de crueldad y maltrato tan brutales, como los que hoy tratamos.
En el caso del estado que represento, Coahuila, y ahí sí quiero su atención, compañeros, porque he venido aquí a esta tribuna siempre a manifestar que mi estado es ejemplo de cosas malas: la megadeuda, la violencia, ahora persecución a periodistas, la no libre expresión, etcétera; bueno, pues una de cal por 20 mil de arena, hoy vengo a decir que en Coahuila desde 2013 la Ley de Protección de Animales del estado prohíbe en su artículo 20, fracción segunda, la pelea de perros.
De igual forma, el Código Penal del estado, capítulo sexto, “Peleas o enfrentamientos entre animales”, en su artículo 293 (inaudible), tipifica las peleas como un delito y estipulan una condena de 1 a 7 años de prisión, para organizadores; y una condena de 1 a 3 años, para quien participe o promocione esto entre animales.
Ejemplo de mi estado debe ser replicados en todo el país en esta materia; por favor, no tomen los ejemplos que antes mencioné.
Espero que este dictamen, que abona a esta abona a esta ambición tras ser analizado a profundidad por ustedes compañeros le den el visto bueno.
No permitamos que estas conductas lleven a actos violentos, a estos ejemplos que no merecen; los animales y todas las especies que nos acompañan en este planeta merecen nuestro respeto, nuestra protección, hagamos un sí a este dictamen.
Es cuanto, senadora Presidenta.
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