- Las modificaciones a la Ley General de Víctimas son fundamentales para que el Estado mexicano se haga cargo de la función que le corresponde, dijo
La senadora Pilar Ortega Martínez señaló que es necesario desarrollar políticas integrales para atender y reconocer el derecho a la asistencia, protección y atención a las víctimas.
Al participar en la discusión del dictamen para reformar diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, indicó que “México no ha sido capaz de incluir en la política criminal una visión integral que atienda a las víctimas y que las visibilice en su justa dimensión, no sólo como parte de una cifra de incidencia criminal”.
Por ello, dijo, una reforma sustantiva a la ley de víctimas era necesaria para reconocer los derechos de las víctimas y que el Estado mexicano se haga cargo de la función que le corresponde.
Uno de los aspectos favorables del dictamen, indicó, es que se fortalece el otorgamiento de medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención y rehabilitación de las víctimas.
Para lo cual –agregó-- se define como recursos de ayuda a diversos gastos como son hospedaje y transportación, que deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios, que les permita a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva.
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4 de noviembre de 2016
Versión de la intervención de la senadora Pilar Ortega Martínez, al participar en la discusión de un dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación; de Derechos Humanos; de Justicia; y de Estudios Legislativos, el que contiene proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas
Gracias, Presidente.
Resulta clara la situación crítica que vive nuestro país. La creciente violencia reflejada en los últimos reportes de incidencia delictiva, sobretodo que dan cuenta organizaciones y observatorios que se dedican justamente a medirlos.
También, México en los tiempos recientes se ha caracterizado lamentablemente por una creciente y reiterada violación a derechos humanos, una crisis de inseguridad que engloba estos fenómenos y que debe ser enfrentada y combatida a través de una estrategia integral.
Sin embargo, pese a esta situación, en México no ha sido capaz de incluir en la política criminal una visión integral que atienda a las víctimas, que las visibilice en su justa dimensión no sólo como parte de una cifra de incidencia criminal.
Es necesario que se desarrollen políticas integrales para atender y reconocer los derechos de la víctima, derechos a la asistencia, a la protección, a la atención, a la verdad, a la justicia integral.
Por ello, una reforma sustantiva a la ley de víctimas era necesaria y es por ello que votaré a favor del presente dictamen, así como lo hicimos como integrantes de la Comisión de Justicia.
Es necesario que esta ley tenga, efectivamente, modificaciones certeras que ayuden a, finalmente, reconocer los derechos de las víctimas y a que el Estado mexicano se haga cargo de la función que le corresponde en este papel.
Es por ello que si bien es cierto, consideramos como positivas la mayor parte de las modificaciones que se atienden en este dictamen, también debemos reconocer, como lo haremos en su momento, que todavía hay temas que se tienen que solucionar y aspectos de la ley que deben de modificarse.
Presentaremos algunas reservas que dan cuenta de esta situación, e incluso que tienen que ver con el propio dictamen y que consideramos debe ser perfeccionado.
Me referiré a los aspectos que consideramos favorables del dictamen que se somete a su consideración y uno de ellos justamente tiene que ver con los mecanismos de acceso al fondo, ya que se fortalece el otorgamiento de medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención y rehabilitación que son necesarias y urgentes para subsanar las necesidades diarias de las víctimas y que hoy se encuentran sujetos a mecanismos --por demás-- burocráticos y prácticamente inaccesibles.
Para lo cual se define como recursos de ayuda, a diversos gastos como son: hospedaje, transportación, entre otros, que deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios que les permita a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva.
Se establece la obligación de las entidades federativas a contar con un fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, una asesoría jurídica y un registro de víctimas, con lo cual la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las comisiones ejecutivas de los estados podrán, con cargo al fondo federal o a los fondos estatales según corresponda, proporcionar recursos de ayuda así como la compensación subsidiaria a víctimas del fuero común para garantizar sus derechos, cuando la entidad federativa lo solicite por no contar el momento de la disponibilidad presupuestaria necesaria para su otorgamiento.
Se faculta al Sistema Nacional de Atención a Víctimas a promover los convenios de coordinación entre la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las comisiones de víctimas de las entidades federativas para establecer las reglas de reintegración de recursos derogados por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; dichos convenios garantizarán convenios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas.
Un aspecto medular de este dictamen es el cambio de la propia naturaleza de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, que originalmente fue concebida como un órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, lo que significa que la institución es un órgano de implementación de las decisiones que se toman en el seno del Sistema Nacional.
Por lo que hoy la Comisión de Atención a Víctimas dejará de ser un órgano colegiado y la responsabilidad estará a cargo de un comisionado ejecutivo, con amplio reconocimiento en la defensa y protección de los derechos humanos, quien designará a las personas responsables del fondo, la asesoría jurídica y el registro nacional de atención a víctimas.
El cambio de esta Comisión estará cargo ahora de un comisionado ejecutivo, se establecen los mecanismos para su designación, también se establecen mecanismos de participación de la sociedad, a través de la asamblea consultiva, se establece también el interés superior de la niñez como principio rector en congruencia con la Ley General de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Sin embargo, insisto, consideramos que hay algunos aspectos que deben perfeccionarse y en su momento presentaremos las reservas pertinentes, sin embargo, consideramos --como lo dije a un inicio-- que las propuestas que contiene este dictamen en su mayoría beneficiaran el desarrollo de la ley de atención a víctimas, por lo cual pedimos su votación a favor.
Es cuanto, Presidente.
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